Juicio verbal,domicilio denunciado no consta en autos

A principios del mes de Junio de este año puse una denuncia de juicio verbal contra una empresa española en internet por estafa, referente a un programa que les compre y que resulto que no cumplía lo que prometían, bien... En dicha denuncia aporte todas las pruebas que tengo en mi poder, justificante compra del programa, nº de teléfono de la empresa, pagina web de la empresa, e-mail de contacto de la empresa, e-mails de respuesta de la empresa sobre mis dudas referente al programa y quejas sobre el programa, en Julio de este año recibo por carta certificada respuesta del juzgado de mi localidad donde me dicen: Previo a su admisión a tramite, requierase por plazo de CINCO DÍAS a la actora para que aclare, dado que no consta en autos ningún domicilio donde poder citar a la demandada, cual es el domicilio de la misma.
Contra esta resolución cabe recurso de REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DÍAS
Desde que recibí la carta del juzgado y por motivos familiares han pasado mas de 12 días sin haber podido hacer el recurso de REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DÍAS
Mis preguntas son, todos los datos que pude obtener de la empresa denunciada son los que facilite en mi denuncia, no dispongo del domicilio de dicha empresa hice un WHOIS al dominio de esta empresa y no venia ningún domicilio anotado, tan solo aparecía, nombre del titular del dominio, telf, y e-mail de contacto, ¿con todos estos datos, el juzgado no ha podido contactar para citar a declarar a esta persona al teléfono de esta empresa que esta operativo o al e-mail de esta empresa (que también esta operativo) que fueron facilitados en mi denuncia? Si no hubiera ninguna forma de contacto con esta empresa lo entendería. Pero hablamos de que formas de contacto las hay, ¿por qué el juzgado o a quien corresponda no han hecho uso de alguna de ellas? ¿Puedo reclamar al juzgado que contacten a esta persona por dichos medios?
Por ultimo, no quiero que esta persona se valla de rositas, al haber pasado el recurso de REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DÍAS ¿tengo qué volver a hacer una nueva denuncia a esta empresa, o vale la que tengo hecha y solo habría que reabrir esta denuncia? Si fuera afirmativo que se pudiera abrir mi primera denuncia, aportaría los mismos datos de contacto que fueron facilitados la primera vez (pues no he visto mas datos que los facilitados)
Al reabrir o hacer una nueva denuncia contra esta empresa ¿puedo pedir o reclamar al juzgado o a quien corresponda, que contacten con el titular de esta empresa al teléfono de atención al cliente de esta empresa o al e-mail de contacto de esta empresa para citar al denunciado a declarar?
Perdone por la extensión me gusta ser lo mas gráfico posible.

4 respuestas

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En primer lugar, el juzgado le ha requerido para que aporte los datos del domicilio en el plazo de 5 días, no para que interponga recurso de reposición, que es una cuestión distinta. O eso entiende de sus palabras. Imagino que confundiría lo del recurso de reposición, porque este es el final de diligencia que le habrán notificado, pero lo importante es el plazo que le dan para informar.

Si usted ha dejado precluir el plazo para presentar este escrito, archivaran la denuncia y no tiene nada más que hacer. Tendrá que presentar una nueva.

En la nueva denuncia usted debe aportar todos los datos que tiene, y explicar todo lo que ha hecho para localizar un domicilio de esta empresa. Y además, debe solicitar al Juzgado para que sean ellos, quienes averigüen el domicilio del denunciado por no disponer usted de medios para localizarlo, por ya haberlo intentado.

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CUando se desconoce el domicilio del demandado o denunciado, o no se disponen de los datos suficientes, lo que hay que hacer es instar al Juzgado para que, mediante aplicación informática, averigüe el domicilio.

Lo del plazo de recurso no tiene relevancia, lo importante era el plazo que le daban a usted para aportar domicilio, o solicitar averiguación.

Si se le ha pasado el plazo puede interponer nueva demanda solicitando esto que le comento.


Ruego cierre la pregunta valorando la respuesta.

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El Juzgado necesita un domicilio postal por dos motivos: 1.- establecer qué partido judicial es el competente para tramitar la demanda (por imposición de la normativa); y 2.- poder hacer notificaciones, citaciones o requerimientos al demandado con garantías procesales, ya que cualquier diligencia puede ser entregada por el servicio de correos o por un agente judicial del Juzgado, siendo en ambos casos que se certificará la fecha de la entrega. El correo electrónico no permite esa solución.
En cuanto al recurso de reposición, no tendría sentido plantearlo, porque el Juzgado no ha infringido nada. En todo caso, sí que podría intentar presentar un escrito expresando el domicilio. Digo intentar porques ese escrito no tendrá validez si el Juzgado ya ha finalizado el expediente por no haber contestado ud. a su tiempo, pero si no lo ha finalizado cabe la posibilidad de que se lo admitan (podrían no admitirlo por presentarlo fuera de plazo). Si no lo admitieran ya no podría continuar con ese expediente, pero sí plantearlo nuevamente. Para ello deberá pedir el “desglose” de los documentos, es decir, que le devuelvan los originales de los documentos adjuntados con la demanda.
En civil debe ser el demandante quien facilite todo tipo de datos necesarios y ajusarse a las normas del procedimiento. El Juzgado raramente haría ese trabajo por ud., me refiero a llamar por teléfono.
Por cierto, y disculpe mi ignorancia, ignoro qué es un WHOIS.

Hola,gracias por sus respuestas, pues tendré que hacer alguna triquiñuela para que la persona demandada facilite su dirección de residencia y creo que si se la pido yo no me la facilitara por que se olerá la tostada de que lo voy a denunciar (ya le dije anteriormente a esta persona que si no me devolvía el dinero que pague por el programa lo denunciaría) así que haber como le saco la dirección de esta persona,me quedo con una impotencia que pa que...por que no es plan de contratar a un detective,y por otro lado tampoco quiero que se valla de rositas,ya no por el dinero que pague si no por amor propio,usted ya me entiende.

Le respondo a su duda de que es lo que es un Whois, un Whois es un protocolo TCP basado en petición/respuesta que se utiliza para efectuar consultas en una base de datos que permite determinar el propietario de un nombre de dominio o una dirección IP en Internet. Las consultas WHOIS se han realizado tradicionalmente usando una interfaz de línea de comandos, pero actualmente existen multitud de páginas web que permiten realizar estas consultas. Estas páginas siguen dependiendo internamente del protocolo WHOIS para conectar a un servidor WHOIS y hacer las peticiones. Los clientes de línea de comandos siguen siendo muy usados por los administradores de sistemas.

PD: Por favor una vez respondida su pregunta de que es un Whois valore mi respuesta en una escala del 1 al 10 :)) (es broma Sr letrado)

Cordiales saludos synera99

Entendido; ah! Y que no falte el buen humor, que buena falta hace para levantar ánimos.

En cuanto al domicilio del proveedor no puedo ayudarle. Tendrá que articular la manera de obtenerla.

Suerte y un saludo.

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Los juzgados no pueden notificar las citaciones por teléfono pues necesitan de forma imperativa un domicilio al que enviar la notificación por correo certificado y acuse de recibo

En principio es carga del demandante fijar en la demanda el domicilio, ello no obstante si no le es posible por desconocerlo puede pedir al juzgado que ante ese desconocimiento sea el propio juzgado quien lo averigüe acudiendo a los medios de averiguación de que disponga, para ello debe quedar bien identificado el demandado, si es una persona física o una persona jurídica (si es una sociedad siempre puede acudir al Registro mercantil y solicitar una nota simple donde conste su domicilio social para notificarle allí la demanda)

Al haber pasado el plazo de 5 días sin realizar estas actuaciones probablemente el juzgado acuerde el archivo de las actuaciones por lo que deberá presentar nuevamente la demanda cuando se lo notifiquen, háblelo antes con los funcionarios del juzgado

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