Puedo solicitar un abogado de oficio

He solicitado ante la agencia de protección de datos el amparo de derecho de tutela ante la negación de rectificación de datos por parte de un fichero, estoy convencido que estoy en mi derecho de que se me haga dicha rectificación (ya que anteriormente ya me ha efectuado otra de manera positiva ante el mismo fichero) En la carta de la agencia de protección de datos con la resolución de de mi solicitud (negativa hacia mi persona) me dice que puedo interponer potestativamente, recurso de reposición ante el director de la agencia de protección de datos en el plazo de un mes desde la notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia nacional en plazo de 2 meses desde la notifiacion, Y ahora mis dudas:

*) ¿Puedo solicitar un abogado de oficio para este caso?

*) Como se solicita?

*) Llegaría a tiempo para poder reclamar el caso si solicito un abogado de oficio teniendo en cuenta que la notifiacion la he recibido el día 4 de Abril?

*) ¿Me podría explicar que es lo de interponer potestivamente recurso de de reposición? ¿Esto lo podría hacer un abogado de oficio?

*) Si finalmente se puede solicitar un abogado de oficio, ¿hay qué ir a juicio si o si o se puede solo consultar el caso en cuestion?

*)¿Si perdiese el hipotético juicio tendría que pagar las costas de este?

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Para solicitar abogado de oficio (me imagino que pretenderá asistencia jurídica gratuita), es necesario que cumpla los requisitos económicos exigido para ello

En este enlace puede acceder a un simulador económico en el que le indicará si cumple con los requisitos o no: http://www.justiciagratuita.es/pjg/home.do

La justicia gratuita se pide en las sedes que los colegios de abogados tienen en los juzgados

Si va a solicitarle lleve la notificación que ha recibido, para que le den un justificante para suspender ese plazo hasta la resolución de si le corresponde o no asistencia jurídica gratuita

El recurso de reposición no necesita abogado, pero tiene poca efectividad pues se trata de que la misma Administración que ya le ha negado su petición rectifique, y esto es muy poco probable

Si tiene asistencia jurídica gratuita y pierde podrá ser condenado a costas, pero solo estará obligado a pagarlas si en los 3 años siguiente mejora la situación económica que tenía en el momento de reconocerle la asistencia jurídica gratuita

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