Engaño con pcs defectuosos

Hola, me gustaría plantearte un caso a ver lo que me dices.
El tema es que hace 2 años y medio una empresa de informática nos suministró una remesa de 25 ordenadores para la empresa y nos hemos sentido estafados por la misma, ya que a partir del segundo año se nos han ido rompiendo los ordenadores hasta llegar a 15 pcs inservibles a fecha de hoy.
En la tienda dicen que son las fuentes de alimentación pero como el fabricante solo da garantía de 1 año dicen que ellos no pueden hacer nada.
Esto nos ha supuesto una pérdida importante (más la que puede suponer aún) y nos sentimos engañados pues no se trata de un caso puntual sino de 15 pcs estropeados en lugares diferentes.
La empresa en cuestión también nos suministraba consumibles de informática para lo cual cada vez que recogíamos el material nos entregaban un albarán pero éstas no eran firmadas por nosotros. Nos estamos planteando no abonar la suma de esos albaranes como única forma de resarcir nuestra pérdida (en un porcentaje pequeño), y aunque sea tomarse la justicia por nuestra cuenta (ante el desamparo con la situación), la pregunta es si judicialmente tendríamos las de ganar si el caso acabara en los tribunales.
De todas formas, en un caso como este, ¿no hay alguna ley que nos ampare?
Espero no haberte molestado mucho y te agradezco de antemano cualquier opinión.

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Empiezo por el final, he de decirte que no es buena idea dejar de pagar los conusmibles para compensar el posible perjuicio por los ordenadores. No te aconsejo esa posición,`porque si ellos logran demostrar que entregaron la mercancía (no solo con la firma del albarán, pueden llevar testigos, demostrar relaciones previas, etc), y que han expedido facturas a vuestra empresa, tienen ganado el pleito, y no puedes oponer el problema de las fuentes de alimentación.
Lamentablemente si la garantía del ordenador, no de la casa que fabrique las fuentes de alimentación, es de un año, una vez transcurrido el período, no tienes nada que hacer. Igual sucede con un automóvil, ahora son dos años de garantía, presuponiendo que a partir de esa fecha los bienes pueden desgastarse por el uso.
Lo que sí puedes hacer es ponerte en contacto con el fabricante del equipo, pues el vendedor no tiene ninguna responsabilidad, exponle el problema y trata de hacerle ver que no es normal que la fuente falle tan pronto, ni en tantos equipos, que eso opera en perjuicio de su marca. Como seguramente conocerán el problema, tal vez te sustituya los transformadores, sino gratis sí por un buen precio; pero no puedes reclamarles los perjuicios que has padecido una vez que transcurre la garantía de este tipo de bienes. Lamentablemente no tienes ninguna solución a este asunto; pero aguanta todo lo que puedas el pago de consumibles, si en dos años y medio no te han reclamado, tal vez lo tomen como compensación ellos mismos.
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Actualmente y des del el 11 de Julio del 2003 existe la Ley de Garantías en la Venta de bienes de consumo pero esta ley no es aplicable más que a los consumidores privados y no a las compraventas mercantiles como es su caso. En esta ley la responsabilidad se extiende en los bienes nuevos hasta dos años pero ya le digo que no es aplicable a su caso.
TEndrían que haber acordado en el contrato de compraventa una garantía por un periodo de tiempo más amplio. No creo que puedan hacer nada.
Respecto a no pagar lo que le deben por otras compras en el supuesto de que se lo reclamasen en el juzgado Vds podrían negar haber recibido esos consumibles ellos podrían aportar pruebas de que los han entregado. ¿Qué pasaría? Dependería de que ellos puedan probar o no la entrega. En ese sentido tienen Vds que ver si en sus libros oficiales de contabilidad figuran estas compras registradas así como el los de IVa porque podría ser una prueba en su contra el examen de los libros de contabilidad.
Nunca pueden alegar para no pagar el que los ordenadores se hayan estropeado después del tiempo de garantía..
Me gustaría poderle dar una solución buena para Vd pero le indico lo que dice la ley.
Suerte, paciencia y la próxima vez pacten una garantía por un tiempo más amplio porque dese cuenta que Vd no es consumidor sino empresa y no le es de aplicación la ley de Garantía de Bienes de Consumo.
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La forma de demostrar que habéis comprado una serie de ordenadores y que, por la mala calidad de éstos al poco tiempo han quedado inservibles, es que exista un contrato donde se refleje el tipo de producto, el tiempo de garantía, etc... Me dices que tienen los ordenadores un año de garantía, por lo que, en principio no se podría reclamar su devolución completa, pero claro, la cuestión es que son demasiados ordenadores estropeados en corto espacio de tiempo.
Considero que sí podría ser defendible en un proceso judicial la reclamación de la devolución de una cantidad de dinero por haber comprado un producto defectuoso que no ha cumplido con las exigencias normales del mercado en cuanto a calidad, pero esto no significa que se pueda ganar, en principio, la justicia es ciega, queriendo decirte con esto, que hay que demostrar que tales averías o desperfectos del ordenador son a consecuencia de la mala calidad de los mismos cuando los compraste y no que fueron estropeados por vosotros (cosa probable que alegaría la parte contraria), por lo que la cuestión quedaría es conseguir demostrar la estafa.
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Es obvio que algo así es totalmente demandable. Para indicarle la ley aplicable al caso, permítame saber desde dónde me escribe.
Antes de iniciarse en algo, hay que tomar en cuenta que tomarse la justicia en manos propias no es un punto a favor en un juicio.
Si usted sabe que de cualquier manera será poco, veo ocioso intentarlo. Al momento de que usted solicitara el pago de perjuicios ellos alegarían pagos atrasados.
Antes de comenzar con todo, hágase de un perito o experto en cómputo, solicítele su su opinión al respecto. Teniendo datos a su favor, entonces puede alegar que se trata de un fraude disfrazado de garantía limitada.
El número de PCs es grande, por lo que resulta difícil pensar que es algo normal.
La situación es civil y en la demanda debe estar escrito todos los antecedentes, copia de la documentación de los equipos y la opinión del experto.
Pues usted negociar antes de iniciar algún proceso, de manera cordial, con elementos que le dé el experto y, si no tiene respuesta positiva, iniciar el proceso, solicitando el pago de perjuicios ocasioandos por ello, además de la posibilidad de iniciar la acción penal por fraude.
Cualquier duda, sigo a sus órdenes.
Muchas gracias por haberme visitado en mi espacio en TodoExpertos.com.
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Te respondí hará cosa de un par de días, pero creo que la respuesta no se envió correctamente. En todo caso, vuelvo a responderte a tus cuestiones. En el 2003, entró en vigor la nueva Ley 23/2003 de 10 de julio de Garantías en la Venta de Bienes de consumo. Si la compra de los ordenadores la hubieses realizado a partir del 11 de septiembre de 2003, estaríais dentro del ámbito de aplicación de la mencionada Ley, que otorga un plazo de garantía de 2 años como mínimo y ampara al consumidor para que pueda elegir o bien entre la reparación o bien con la sustitución del producto sin ningún coste. No obstante, parece que este no es vuestro supuesto, dado que la compra se realizó hace un par de años. En este caso, es evidente que tenéis varias posibilidades; Brevemente, te voy a exponer, desde mi punto de vista, las diferentes acciones que os amparan en Derecho:
1- Por una parte tenéis la posibilidad de demandar por saneamiento de vicios ocultos (sería algo así cuando te venden "gato por liebre").
2- Demandar por Daños y perjuicios (que comprenderían lo que habéis perdido-daño emergente- y lo que habéis dejado de ganar-lucro cesante).
3- Demandar por incumplimiento contractual + Daños y perjuicios.
En cuanto a la posibilidad de no abonar la suma de los albaranes de los consumibles de informática no creo que sea una buena idea, en el sentido en que se trata de una obligación distinta, que nada tiene que ver con los Pcs defectuosos. Podrías enviar un BUROFAX desde correos, apercibiendo a la empresa comunicándoles que daréis por resuelto el contrato dado la defectuosidad del producto que os ha vendido, y que si no llegáis a ningún acuerdo ejercitaréis cualquier acción que en Derecho os ampare.
Espero haberte sido de ayuda, y realmente si el caso acabara en los Tribunales creo que sería bastante probable que ganarais, aunque lógicamente yo no tengo potestad de juzgar ni hacer ejecutar lo juzgado, por lo que tampoco puedo anticipar ninguna resolución. Si podéis acreditar la defectuosidad de los PCS, es muy probable que os estimen las pretensiones.
En fin, espero haber sido de ayuda. Muchas gracias por consultarme.
MºLuisa Miralles
Col. ICAB 29.542

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