Urgente requiero asesoría en extranjería y menores

Mi situación es la siguiente: soy extranjera, separada y divorciada por violencia de género con orden de protección vigente y me quiero regresar a mi país. Tengo la custodia de mi hijo de tres años pero la patria potestad es compartida (todos los implicados somos extranjeros, el niño nació en España)
Al momento de la separación le solicité al Juez que prohibiera la salida del niño de España sin la autorización de ambos padres por miedo a que el padre se lo llevara pero ahora estoy en el paro y no puedo continuar aquí porque no consigo trabajo y el dinero ya no me alcanza para vivir; el padre se niega a darme la autorización para regresarme con el menor y llevo meses intentando conseguir un letrado de oficio para exponer mi caso ante un juez pero no me lo han concedido... Ya no puedo esperar más
¿Existe alguna manera de agilizar el trámite? ¿Puedo presentar mi caso ante un juez sin abogado? ¿Perdería la custodia si me voy por un tiempo y se lo dejo a su padre? ¿Qué puedo hacer?
Gracias
{"Lat":39.3682791491601,"Lng":-3.515625}

1 respuesta

Respuesta
1
La Constitución española, en su artículo 119, establece que la justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
El contenido del derecho a la asistencia jurídica gratuita está determinado por Ley 1/1996, de 10 de enero (BOE núm. 11, de 12 de enero), en cumplimiento del mandato constitucional desarrollado por la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La Justicia Gratuita en España se administra de forma diferente en función de la
Legislación aplicable en cada comunidad autónoma.
No tengo porque dudar de sus palabras, pero me causa extrañeza que lleve usted "meses intentando conseguir un abogado de oficio" y sus derechos no se hayan colmado. Pruebe en el enlace que le indico a continuación, que corresponde a todos los Colegios de Abogados de España. Tiene que seleccionar evidentemente la Comunidad Autónoma donde usted se encuentra, verá que puede hacer la solicitud on line o presencial cumplimentar sus datos, enviarla directamente o sacarla por la impresora y llevarla en mano en el Colegio de Abogados más cercano a su domicilio.
http://www.justiciagratuita.es/pjg/home.do
Para ciertos actos procesales y éste es uno de ellos, es obligatorio que cuente con un Abogado porque la Ley de Enjuiciamiento Civil así lo exige.
Si la custodia fuera compartida podría hacer lo que usted dice, pero como está atribuida judicialmente según manifiesta por sentencia firme, corre el riesgo que si las autoridades sean administrativas, policiales o judiciales) toman conocimiento de ello, se inicia un procedimiento para asumir dicha custodia la Comunidad Autónoma donde se encuentre el menor, sin perjuicio de las responsabilidades en que usted incurre.
Ruego cierre la pregunta y valore
El viernes pasado finalmente recibí una carta del colegio de abogados para actualizar mis datos... espero que me asignen el letrado pronto.
Muchas gracias por la asesoría.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas