Problemas con las escrituras

Me he comprado una casa a través de una cooperativa de viviendas. La gestora de la cooperativa que se ha encargado de tramitar mis escrituras, una vez ya firmadas ante notario y tras la correspondiente provisión de fondos, me ha presentado una factura única de liquidación por los gastos generados por la tramitación de la misma MÁS una liquidación por gastos generados por otros conceptos pendientes de la cooperativa y que han surgido desde que se firmaron las escrituras ante el notario y hasta el momento de la entrega de las mismas, con lo que me encuentro que actualizo ese saldo o se niegan a dármelas. ¿Es correcto que me hagan esta liquidación paralela en la misma cuenta de los gastos generados por la tramitación de la escritura? ¿Me pueden retener las escrituras indefinidamente sino actualizo ese saldo aún habiendo proveído de los fondos necesarios para el pago de las mismas? ¿Deberían pedirme esos gastos nuevos en factura a parte y no incluirlos en la factura de los gastos generados por la tramitación de la escritura? ¿Me ampara alguna ley en este aspecto? Gracias

1 respuesta

Respuesta
Buff, pues lo primero es que sin saber bien cuales son esos otros conceptos nuevos no te puedo dar una respuesta concreta. Pero por lógica, si esos conceptos nuevos no tienen nada que ver con el encargo de la tramitación de las escrituras, no solo no deberían ir en la misma factura, sino que deberían haber sido objeto de un engargo distinto previo a la realización del trabajo.
Deberías comprobar si la razón de la realización del trabajo de esta forma por la gestoría no se debe a que os hayáis comprometido a ello de algún modo los cooperativistas previamente.
Gracias por responder. Los conceptos son impuestos nuevos que la Gestora dice que ha recibido una vez las escrituras ya han sido firmadas y que por tanto los cooperativistas deben abonar. La pregunta no es si están en su derecho no a exigírmelos ( que puedo entender que sí ) sino a incluirlos en esa factura donde se ha tramitado mis escrituras. Yo lo veo como si tomasen una posición de fuerza o se paga o no te las damos. Lo lógico sería que esos nuevos conceptos me los reclamaran o bien, por otra vía o bien, haciéndome otra factura, pero que me entregasen mis escrituras que ya tengo pagadas. La pregunta es si esta forma de actuar es correcta o no y si puedo decirles que esta forma de actuar no es correcta amparándome en alguna Ley. Espero poder haberte aclarado la pregunta. Te agradecería tú opinión. Un saludo.
No te puedo indicar ninguna ley, pues es una cuestión de lógica, como profesionales ellos te pueden facturar por el trabajo realizado, de la forma que estimen conveniente, ahora, por lógica, deberían o podrían separar unos trabajos de otros.
No puedo decirte nada más.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas