Cristales piso alquilado

Vivo en un piso alquilado del que tengo seguro de contenido, daños estéticos y responsabilidad civil. El dueño del piso NO tiene seguro de continente. El cristal de la puerta de la terraza se ha roto debido a un portazo por el viento. ¿Quién tiene que pagar la reposición del cristal?
Gracias.

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Si usted tiene seguro, solo de contenido, no podrá hacer un parte a su compañía. Sin ver el contrato de alquiler, es difícil decirle nada, pero si no son daños por el uso, que se tengan que reponer por el propietario, lo normal es que usted sea el que lo pague...
Agradecemos valoración de la respuesta.
En mi contrato especifica que yo me haré cargo de los daños por uso, pero esto ¿se considera un daño por uso? Por otro lado supongo que si el propietario tuviera seguro de contienente esto estaría cubierto con casi toda seguridad. Por lo tanto, si estando asegurado se haría cargo el dueño del piso, al no estarlo ¿me tengo que hacer cargo yo?. Muchísimas gracias
A nuestro entender es un daño que no corresponde pagar el propietario, pues se rompe el cristal por sun golpe de viento, que se produce por que usted lo deja abierto...
Si el propietario tiene seguro, por evitar problemas, daría un parte, pero al no tenerlo, no creemos que quiera pagar... y lo tendrá que pagar usted.
En cualquier caso, usted tiene seguro y suelen incluir una clausula de asistencia jurídica. Estos abogados podrán ayudarle.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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