Herencias

Buenos días.
Somos tres hermanos nacidos en Alicante, aunque yo vivo en Mallorca. Tenemos como herencia un piso en la ciudad (por el fallecimiento de nuestro padres). A mis hermanos les han comunicado que están exentos de pagar el Impuesto de Sucesiones, pero ami por vivir en Mallorca me comunican (desde Alicante) que estoy exento de una parte, pero del resto debo pagar cierta cantidad. Si somos hermanos, nacidos en la misma ciudad, y el inmueble esta en el mismo lugar, quisiera que me explicaran, por favor, porque yo si tengo que pagar.
Saludos

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El impuesto sobre sucesiones aunque está regulado por una ley estatal corresponde a las Comunidades Autónomas establecer por leyes propias la configuración de quienes están obligados a pagar el impuesto y sus porcentajes
Así hay comunidades autónomas que eximen del impuesto de sucesiones a los hijos (como es el caso de la Comunidad Valenciana), mientras que otras si lo exigen
El art 6 de la ley señala: 1. A los contribuyentes que tengan su residencia habitual en España se les exigirá el impuesto por obligación personal, con independencia de donde se encuentren situados los bienes o derechos que integren el incremento de patrimonio gravado.
2. Para la determinación de la residencia habitual se estará a lo establecido en las normas del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas.
No se tiene en cuenta donde está el bien sino su residencia habitual
El pago deberá realizarlo a la comunidad en la que reside, puede consultar esta cuestión con un gestor de su comunidad que le indicará cuanto debe pagar y donde dirigirse para ello
Buenas tardes. Lo que no entiendo es por que tengo que pagar en Alicante. Me dan 10 días de plazo, por lo que ademas de pagar, tendré que desplazarme a Alicante, para hacer efectivo el mismo, pues no me dan ninguna C.C. o teléfono donde pueda informarme.
Saludos
En este enlace tienes la información del teléfono de contacto donde puedes llamar y exponer tu caso y que te digan si tienes que pagar, cuanto, y como pagarlo sin necesidad de desplazarte: http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/departamentos/detalle_departamentos?id_dept=7277
Puedes descargar impresos en la web de la generalitat valenciana
Puedes probar llamando también a este número: 965 934 000

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