Pilladas robando en el Bershka siendo menores ¿Cuánto suelen en citar para el juicio?

Hace un mes nos pillaron a mí y a unas amigas intentando robar tres pantalones (la cantidad total era de 22 euros por cada pantalón y era uno para cada una) Nos llevaron a una sala donde nos tomaron todos los datos y nuestros padres firmaron un acta para un supuesto juicio. Nos dijeron que nos iban a llamar al día siguiente y ya ha pasado casi un mes y no hay ninguna novedad, ¿es posible que al final no acaben citando a nadie y no haya seguido para alante la denuncia y tal? (Tenemos entre 14 y 15 años)

2 Respuestas

Respuesta

I. Hola Compañera, aunque no soy experto, creo que la situación se trataría de un delito de hurto común (en la actualidad se denomina "delito menor") y cuando es cometido por una persona menor de edad, el juicio es rápido (enjuiciamiento rápido), la citación a juicio se produce dentro de los quince días o veinte siguientes a la comparecencia de la persona acusada ante el juzgado de guardia, y el plazo para dictar sentencia es en principio de tres días a partir de la terminación de la vista.

(Cito desde otra página)


- Juicio rápido:

Si el hurto es leve (valor inferior a 400 euros), se puede o suele celebrar un juicio rápido.
En el juicio rápido, el juez decide si el acusado es culpable o no del hurto y, en caso de ser culpable, se le impone una pena.


Sin embargo, desde mi ignorancia pienso que el motivo por el que no os han citado después de haber trascurrido casi un mes es vuestra edad y el escaso valor de los productos sustraídos, es decir, como sabrás en España la edad para que una persona sea considerada adulta es de 16 años, y no será mayor de edad hasta que cumpla los 18 años, entiendo que debido a esto legalmente no se os puede llevar a juicio ni imponeros una multa/sanción como tal, quizás os citen para otro tipo de 'castigo' como acudir a un curso, o realizar actividades equiparables a un pequeño servicio social, siendo muy probablemente que ni siquiera os propongan esto.

Si lo deseas desde este artículo y texto podrías leer una explicación detallada, disculpa la cantidad de lectura.

https://abogadodelmenor.es/blog/hurto-en-centro-comercial-cometido-por-menor-consecuencias-reales/ 


*El mayor de 14 años ya deja de ser inimputable y responderá penalmente por su conducta, con lo que, en caso de la perpetración del hurto de un menor de esta edad, con un mayor, mediando un acuerdo consciente y voluntario, el tratamiento habrá de ser enfocado como un caso de autoría o participación, con desplazamiento del tipo agravado y que cada cual responda por su hecho propio. En el caso de los menores que no superen los 14 años de edad el conflicto interpretativo no se presentará, porque son inimputables.*


Querría dejarte un poco más de información que tal vez no haya visto todavía. Si lo deseas, en caso de que no recibas una respuesta, podría comunicar tu consulta a un experto. Mucho ánimo.


https://www.unir.net/revista/salud/responsabilidad-penal-menores/ 

[url=https://asistencialegalinmediata.com/blog/hurto/<br%20/>https://www.lexdir.com/pregunta/cuanto-puede-ser-multa-hurto-menor-31483/<br%20/>https://alvarezabogadostenerife.com/2019/02/delito-leve-hurto-menor-400-euros/<br%20/>https://pardogeijo.com/derecho-penal/hurto/<br%20/>https://abogadoscebrian.es/cuanto-tarda-en-llegar-la-sentencia-de-un-juicio-rapido/<br%20/>https://mundojuridico.info/el-delito-leve-de-hurto-por-cuantia-inferior-a-400-euros/]https://asistencialegalinmediata.com/blog/hurto/
https://www.lexdir.com/pregunta/cuanto-puede-ser-multa-hurto-menor-31483/
https://alvarezabogadostenerife.com/2019/02/delito-leve-hurto-menor-400-euros/
https://pardogeijo.com/derecho-penal/hurto/
https://abogadoscebrian.es/cuanto-tarda-en-llegar-la-sentencia-de-un-juicio-rapido/
https://mundojuridico.info/el-delito-leve-de-hurto-por-cuantia-inferior-a-400-euros/[/url] 

Respuesta

Lo que os ha pasado, por lo que contáis, es que os pillaron intentando llevaros ropa sin pagar (tres pantalones, 22 euros cada uno) y os tomaron los datos. Como tenéis 14 y 15 años, esto entra en el sistema especial para menores: no se tramita igual que a un adulto, y el objetivo principal suele ser educativo.

Que haya pasado casi un mes sin noticias puede ocurrir y no significa automáticamente que “se haya olvidado” ni que “seguro que os van a denunciar”. En estos casos, quien primero decide qué hacer es la Fiscalía de menores, y puede optar por seguir el expediente o, si lo ve adecuado por ser un hecho leve y sin violencia, puede decidir no abrirlo y derivarlo a una vía educativa o familiar. Si se toma esa decisión de no seguir por lo penal, normalmente se comunica.

Si finalmente sigue adelante, lo normal es que llegue una citación formal (por escrito) a casa, para vosotros y vuestros padres o tutores. En el procedimiento de menores tenéis derecho a que os expliquen vuestros derechos y a tener abogado desde que se incoe el expediente. Después, si no hay conformidad, se fija un día para una “audiencia” (algo parecido al juicio) en el Juzgado de Menores; si hay conformidad, puede resolverse sin necesidad de un juicio largo.

En cuanto a “qué puede pasar” si os citan, al ser una cantidad baja, lo habitual (si se prueba) es que se trate como un hurto leve y que la respuesta sea una medida sencilla y proporcional, a veces tan básica como una amonestación, dependiendo de lo que valore el juez y del informe del equipo técnico. Lo importante ahora es entender que un mes sin noticias entra dentro de lo posible, y que si el asunto continúa os llegará una notificación oficial, no una llamada “al día siguiente”.

■ Soy abogado en ejercicio. Sin embargo, mis respuestas en este foro tienen carácter exclusivamente informativo. No constituyen asesoramiento jurídico personalizado ni sustituyen la consulta con un profesional ante cualquier caso concreto.

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