Venta de finca de concentración parcelaria

Mis hermanos y yo somos dueños por partes iguales por donación de nuestro padre de una finca rustica de concentración parcelaria de 8.000 m. Tenemos un documento privado en el que consta mediante plano la parte que nos pertenece a cada uno. Mis hermanos han vendido su parte ante notario y con escrituras publicas, en las que consta que cada hermano ha vendido su cuarta parte indivisa a un nuevo propietario, y presumiblemente serán registradas. Yo no he tenido que firmar nada. ¿En qué situación quedo yo? ¿Quién se hace cargo del recibo de la contribución? ¿Se puede individualizar cada recibo? Ahora el recibo viene a nombre de los 4 hermanos. Estoy hecha un lio.

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Su hermano no puede vender en nombre de tercero, sin apoderamiento de éste, o sin posterior ratificación de su actuación, luego lo normal, es que lo celebrado no resulte inscribible. En cuanto a los recibos de contribución puede pedir si le realizan la individualización en el Ayuntamiento, o llegar a un acuerdo todos los copropietarios actuales.
Mis hermanos han vendido cada uno su parte, ante notario y con escritura publica, ¿cómo puede ser esto no ser legal? Yo no he tenido que aparecer para nada, no se si me entiende, parece ser que legalmente sí pueden vender su cuarta parte indivisa, lo que no tengo claro es en que situación quedo yo, si alguno de los nuevos propietarios construye, cometiendo una illegalidad, quien carga con la culpa, ante la ley, solo él, ¿o todos los propietarios de la finca? Otra duda: mi padre era el único propietario de la finca. Al donarnosla, es causa de segregación, ¿aunque sea de concentración parcelaria? Muchas gracias por la rapidez de su respuesta, aunque no se si yo no entiendo bien la respuesta o usted no ha entendido bien la pregunta. Un saludo.
He sido yo quien no ha entendido su pregunta, pues no quedaba claro en la misma, la venta realizada. Entiendo que se trata su situación de una comunidad de bienes, y si uno de los nuevos cometiera una ilegalidad, al construir, si le afectaría, si bien, como siempre seria cuestión de que usted probara la no relación con lo cometido por ellos. La segregación solo existe si se realiza como tal, y se inscribe en el Registro de la Propiedad, en caso contrario, es una parcela única con varios dueños.
Le aconsejo intente reunirse con los nuevos condueños, y hablen al respecto, para saber a que atenerse realmente, pues de momento, no tiene ningún motivo concreto.

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