Foto Volumétricos Securitas Direct

Mi pregunta es con respecto a los "Foto Volumétricos" que Securitas Direct pone en los negocios con el cartel "Grabación de Imágenes", al parecer no se le da información alguna al cliente con respecto a que tienen que tener la adecuación a la LOPD, ya que estas fotos aunque se hagan unicamente por intrusión (8 fotos en 10 segundos aprox.), generan un fichero en la central de Securitas, por lo tanto...
1º ¿Es correcto que estos clientes que tienen este sistema de alarma tienen que tener al día la adecuación a la LOPD o no es necesario?
2º ¿Se les puede pedir el derecho de Acceso, rectificación, cancelación etc..?
3º ¿Tienen el deber de tener un documento de seguridad?
Y la última
¿4ª En el caso que alguien pidiera estos requisitos y no los tuviera el empresario tendría la posibilidad de recibir una multa?
Te hago estas preguntas por que los comerciales de esta empresa no informan a sus clientes que tienen que adecuarse a la LOPD, (aunque creo que se avisa al cliente en la letra pequeña del contrato) no se si es por que no hace falta aunque saquen fotos únicamente por salto de alarma o porque en este caso están exentos de adecuarse a la LOPD.

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Todo fichero con datos personales tiene que estar registrado en la Agencia Española de Protección de Datos. Por lo tanto, la respuesta a todas sus preguntas es SI.
Las políticas comerciales de las empresas de seguridad están pensadas para vender... Sin más problemas u obigaciones, por lo tanto es normal.
De todas formas, dependiendo del contrato, los ficheros pueden estar registrados a nombre de la empresa de seguridad, que en realidad es quien trata los datos personales...
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