Pago a procurador

Hola,
He puesto una demanda a un promotor de un piso que compré y cuyo contrato resolvimos verbalmente y ahora él no quiere darse por enterado. Ya sé que es difícil pero le conseguí grabar reconociendo el tema.
El caso es que he tenido que pagar una cantidad al abogado como provisión de fondos (normal) y también me han pedido una provisión para el procurador. Hasta donde yo sabía habitualmente hay que pagar a este último después del juicio y paga el que pierde. ¿Estoy en lo cierto o es el procedimiento habitual?
Gracias de antemano y un cordial saludo.

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Con la ley en la mano, cada cliente debe pagar a su propio abogado y procurador, y luego el que es condenado a pagar las costes debe restituir al otro las costas pagadas
Lo que sucede es que habitualmente abogado y procurador pueden esperar a la finalización del juicio (sin perjuicio de las provisiones de fondos para gastos) para exigir de la otra parte si es condenada el abono de las costas, pero esto no es obligatorio
Pero como le digo, según como viene recogido en la ley es la parte que pierde quien debe pagar a la que gana las costas que éste ha debido satisfacer previamente
Muchísimas gracias por tu ayuda. Ahora queda todo claro.
En lo que concierne a que el promotor reconozca que el contrato se resolvió verbalmente y me devuelva el dinero que le entregué en su día, apoyándonos en una grabación en vídeo en un lugar público, ¿cómo lo ves?, ¿Tienes alguna experiencia en casos similares?
Gracias de antemano y un cordial saludo.
Esa prueba es plenamente admisible en juicio, por lo que el juez la valorará y decidirá en función de lo que hayan pedido en la demanda y de lo que pueda observarse en ese vídeo y demás pruebas que puedan practicarse
Como comprenderá no puedo darle un posible resultado de ese juicio, pues desconozco su caso, las pruebas y las alegaciones de la otra parte
Pero como le he dicho esa prueba es plenamente admisible en juicio

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