Obligatoriedad de permanecer en un contrato

Buenas tardes,
mi pregunta es muy simple, me han comentado que no es obligatorio permanecer más de un año en una compañía incluso habiendo firmado más tiempo en un contrato. ¿Es eso verdad?
Mi caso concreto es con ADT, con la que contraté una alarma en abril de 2009 y desde enero se está estropeando demasiadas veces, hoy mismo es la 7ª vez que se rompe, y cada vez que lo hace me tengo que desplazar 170Km para abrirle la casa a un técnico que venga a arreglarla, y otros 170Km de vuelta hasta el lugar donde trabajo, todo por supuesto a las 72 horas de haberse estropeado, que es cuando me lo comunican desde la central, es decir, si me robasen por medio (y no sería raro viendo el panorama, ya lo han hecho 5 veces en 2 años) nadie se enteraría...
La cosa es que me está dando muchos quebraderos de cabeza y más preocupaciones, básicamente la de tener mi casa desprotegida cuando además, estoy pagando unas cuotas más altas que en otras compañías, por eso me quiero dar de baja y contratar otra.
Muchas gracias y un saludo.
Respuesta
1
Sería notificar por burofax y con acuse de recibo que la alarma contratada no está cumplimiendo el objetivo para el que fue contratada.
El contrato entiendo que es de resultado y no de medios por lo que podrías resolverlo al no cumplir el objetivo.
Muchas gracias,
la verdad es que tendría que releer el contrato, ya no me acuerdo bien de las cláusulas, seguro que hay un máximo de tiempo de indisponibilidad (igual que los contratos de luz), pero es buena opción. De todas formas me puse más serio de lo normal la última vez que solicité atención al servicio técnico y me han sustituido el equipo casi entero, a ver lo que dura esta vez...
Un saludo.

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