La custodia de mis hijos

Tengo la custodia de mis hijos de 12 y 17 años, por cuestiones de trabajo y de que mi nueva pareja es de allí, tenemos que cambiar de residencia a otra comunidad autonómica, mi pregunta es si tengo que pedir permiso a mi ex si en el convenio no estipula nada al respecto y si puedo tener alguna clase de problema con el y a parte de esto, me tengo que ir unos meses para preparar la casa, buscar colegios, etc.. Y los tengo que dejar con mis padres, puedo tener problemas con la custodia por estos motivos, por que solo hace que amenazarme con ello.

1 respuesta

Respuesta
1
Debería vd. presentar un escrito al juzgado acreditando que tiene vd. que cambiar de residencia por motivos laborales y que necesita dejar a sus hijos con un familiar para preparar la casa, buscar colegio, etc, todo ello debidamente acreditado con los documentos pertinentes, y solicitar al juez que le autorice, modificando si procede el régimen de visitas para que sea posible su cumplimiento. Aunque no tendrá problemas con el cambio de domicilio, lo más probable es que el Juez consulte al padre por si quiere tener la custodia de los niños durante esos meses que vd. va a necesitar para preparar su traslado. Si vd. cree que los niños no quieren quedarse con él, deberá solicitar en la demanda que se los oiga para tener en cuenta su opinión. Todo ello debe hacerlo a través de abogado y procurador que le represente.
Pero a la hora de cambiar de domicilio, ¿puedo hacerlo sin ningún problema entonces?
Necesita vd. autorización o bien del padre de los niños o bien del juzgado, siempre que el cambio de domicilio suponga un impedimento para que se pueda cumplir el régimen de visitas a los menores que el padre tiene reconocido.
Es que el régimen de visitas va a ser el mismo que ahora, porque yo se los traeré al padre cada vez que le toquen sin ningún problema.
Yo solo quiero por ultimo aclarar, si yo me voy directamente con mis hijos sin dejarlos a ningún familiar y cumpliendo con todo lo estipulado en el convenio, tengo que hacer algo en el juzgado y si no hago nada en el juzgado que puede pasar si yo cumplo con todo lo pone el convenio.
Gracias
Si el traslado no supone ninguna traba para el régimen de visitas, simplemente comunique vd. al juzgado que dictó la sentencia su nuevo domicilio, para que el padre no pueda decir que vd. no le ha avisado, y una semana antes de irse, envíe un burofax a su ex marido comunicándole también el nuevo domicilio, y notificándole que el próximo fin de semana que le toca estar con los niños, se los dejará vd. en el domicilio de él a la hora que corresponde.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas