Duda multa metro barcelona

El pasado día 3 de marzo me pusieron una multa por ir sin billete.
El texto pone textualmente: dispone de 30 días para pagar en las oficinas etc...
La pregunta es: ¿Se entiende que son 30 días hábiles no? Porque aun no he pagado y hoy y mañana esta todo cerrado y se me cumple el plazo

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Al tratarse de un servicio público, bien gestionado directamente o por concesión, se aplica lo previsto en la ley de régimen jurídico de las administraciones públicas
El art 48 señala: 1. Siempre que por Ley o normativa comunitaria europea no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos.
Cuando los plazos se señalen por días naturales, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.
2. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
3. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
4. Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.
Intenta pagarla en el primer día hábil para evitar problemas

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