Resolución de contrato

Tengo una pregunta, para la que no puedo esperar a hablar con mi abogado
Situación
Mi empresa me debe nóminas, agarrarse, desde enero hasta septiembre + 2 pagas... Ah, y llevo de baja por ansiedad desde el 23 de septiembre... Y tampoco he cobrado...
Tengo el juicio para resolución de contrato el 26 de este mes, ¿mi empresa puede recurrir la sentencia?, en caso afirmativo, ¿le pueden echara para atrás ese recurso?.
Se supone que el juicio dictará sentencia de ruptura de contrato y los 45 días por año trabajados, si se recurre y se acepta, ¿se recurre sólo la indemnización o también la ruptura de contrato, es decir, mi LIBERTAD?

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Respuesta
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Si tienes abogado lo más importante es que confíes en su labor y tengas confianza en el juicio
Es evidente que con ese retraso lo más probable es que ganes el juicio, y si es así aunque presenten recurso tienen poca posibilidad de prosperar, 9 meses de retraso no tienen justificación alguna, es un claro incumplimiento contractual de la empresa que justifica su resolución y la indemnización por despido improcedente
Como te he dicho ten confianza, que tienes bastante a tu favor
Muchas gracias,
Tengo plena confianza en él, no soy un todologo de esos que abundan por España, sólo intento ser informático. Eran las prisas por saber algo... vengo ahora mismo de hablar con el, y ya se que aunque reclamen, sólo pueden reclamar la cantidad económica, y el día siguiente al juicio seré libre... es increíble lo mal que se pasa "encerrado en libertad"...
Muchas gracias por tu respuesta, coincides con el, es improbabilisimo que pierdas el juicio.

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