Manutención

Hola buenas tardes a todos y gracias por antelación. Me llamo jose tengo 25 años y soy hijo de madre soltera aunque llevo el apellido de mi padre. Nunca nos a pasado la manutención l único regalo que tengo de mi padre fue mi primera bici con 5 años y no vuelto a saber de el. Hace unos años lo busque por que en mi casa había una situación difícil no entraba dinero y necesityaba su ayuda soy muy orgulloso y aguanto con lo que me echen pero la casa ami madre no se la quita nadie asta que eteneido 15 años hemos estao viviendo con mis abuelos. Lo llame me cncerto una cita y le explique el echo me dijo que el no tenia dinero cuando yo se que gana por lo menos cerca de 3000e mensuales. Pase de el. Pero ya no puedo más llevo 6 meses otra vez parado. Mi madre cobra una mieseria y llevo acumulando deudas puff. Quería saber si tengo derecho algún tipo de indeniszacion o alguna ayuda ya que sigo viviendo con mi madre.
Gracias

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El punto del que debes partir es si estás reconocido por tu padre, si no lo sabes acude al Registro Civil en tu hoja de nacimiento para comprobarlo
Si lo estás y tu situación es desesperada puedes reclamarle alimentos, pues el pariente que se encuentre en estado de necesidad puede reclamarlos del que tenga posibilidad de darlos, lo de reclamarle pensión de manutención con la edad que tienes es algo más complicado aunque se puede estudiar el tema
La pensión de manutención debió ser tu madre quien se la reclamase en el momento de nacer
Si estoy declarado más que na porque llevo su apellido. El nunca se aprocupado por nosotros. Te digo esto por que es profesor de el la facultad de derecho. Estoy apunto de que me embarguen cuentas y lo poco que tengo un coche amdio pagar y destrozado no tengo ni pa asarle las revisiones y encima de tdo me avalo mi madre y si yo no pago recaerá con ella y no quiero por que es ella la que me aado la vida no el señor ese.
En principio los padres no están obligados a satisfacer las deudas de los hijos, tampoco cabe en este caso reclamar la pensión prevista para los casos de separación y divorcio porque no ha habido matrimonio
Tu madre en su momento le podría haber exigido que contribuyera a satisfacer las necesidades para tu cuidado
En la situación actual puedes acudir a la vía de los alimentos entre parientes del art 142 y siguientes del código civil
Según el art 142 Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica
El 146 por su parte señala La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.
En este enlace puedes ver la regulación completa http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l1t6.html
Muchas gracias por todo es usted muy amable. Usted sabe lo que más le duele ala gente un escandolo publico. Por decir que yo soy hijo de ... públicamente puede tener el augunas represarías legales contra mi.

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