Arrendamiento
Hola, buenos días
Mi pregunta es sobre un contrato de arrendamiento, en especial dos clausulas; la primera dice más o menos que las arrendatarias no haremos exclusivamente responsables eximiendo de toda responsabilidad al arrendador por daño causados a personas o cosas derivados de instalaciones para el servicio y suministros de la vivienda, creemos que le tendríamos que deciar que habría que incluir una frase como que nos haremos responsables siempre que medie culpa o negligencia por nuestra parte, porque por lo que entiendo de esta cláusula nos podría hacer responsables de reventones de tuberías y así que afectara a vecinos por ejemplo. Luego hay otra clausula que dice que serán de cuenta de las arrendatarias los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, en cuanto a esto se refiere al piso en concreto o al edificio en general. Si a su juicio hubiera que poner algo a estas clausulas para que como arrendatarias no nos perjudicara le agradecería nos ayudara.
Muchas gracias
Mi pregunta es sobre un contrato de arrendamiento, en especial dos clausulas; la primera dice más o menos que las arrendatarias no haremos exclusivamente responsables eximiendo de toda responsabilidad al arrendador por daño causados a personas o cosas derivados de instalaciones para el servicio y suministros de la vivienda, creemos que le tendríamos que deciar que habría que incluir una frase como que nos haremos responsables siempre que medie culpa o negligencia por nuestra parte, porque por lo que entiendo de esta cláusula nos podría hacer responsables de reventones de tuberías y así que afectara a vecinos por ejemplo. Luego hay otra clausula que dice que serán de cuenta de las arrendatarias los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, en cuanto a esto se refiere al piso en concreto o al edificio en general. Si a su juicio hubiera que poner algo a estas clausulas para que como arrendatarias no nos perjudicara le agradecería nos ayudara.
Muchas gracias
1 Respuesta
Respuesta
1
