Sobre factura no reconocida

La pregunta que quiero hacer tiene narices. En el año 2002 solicité de un "amigo" que me realizara un trabajo de fontanería en una casa que me estaba construyendo. Esta persona me dijo que no era nada y que me mandaría a un empleado suyo para que la hiciera. Este empleado estuvo cuatro días, de los que yo le ayudé y puse los materiales y ya está. Una vez que terminó el trabajo le pregunté por lo que le debía y me dijo que nada.
Pues bien, con esta persona por otras razones, perdí la amistad y ahora, en el año 2008, me preseta una factura de aquel trabajo por 3000 euros, a lo que, además de extrañarme, me opuse.
Pues lo último que me ha pasado es que me ha reclamado la factura, que yo en ningún momento reconocí, judicialmente por juicio monitorio, alegando en la misma que me presentó una factura en el año 2002, lo cual es falso.
Jamás ha habido presupuesto presentado ni factura aceptada. ¿Qué hago?
¿No es normal que esto prescriba?

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Primeramente decirte que el art. 1966 CC establece que la acción prescribirá a los cinco años por tanto si han pasado seis por aquí empezaríamos bien.
Segundo respecto al hecho de que él indica que la factura te la presentó en el 2002, primero deberá acreditar que se realizó este trabajo ya que tu deberías haber firmado el correspondiente albarán aceptando el trabajo como realizado ya que el hecho de que tew enviase la factura no es una prueba de conformidad ya que si llevamos esto al absurdo tu podrías enviarle a él una factura por el doble de lo que te reclama y por el simple hecho del envío no implicaría que te lo hubiese de pagar y en segundo lugar no tiene ningún medio de prueba que acredite que la factura te llegó en el año 2002. Por tanto puedes estar tranquilo y oponte a todo.
En principio al no haber aceptado la deuda esto seguirá mediante juicio ordinario por lo que necesitarás abogado y procurador, en el caso de que tu examigo continué con la acción. Si necesitas algo ya me dirás.
Gracias por tu rápida respuesta. Como no podrá acreditar la factura del año 2002, que en el texto de la demanda dice que me la presentó varias veces, ya que no la hubo (se podrá acreditar con la contabilidad de la empresa, que la tiene que llevar), me presentó una factura, a través de la mujer, en el año 2008, y otra distinta con los mismos conceptos, pero más formal. Habrá falsedad documental, ya que ha confeccionado dos facturas diferentes y por los mismos importes, ¿pero con fecha 2008?
Gracias otra vez.
El tema de la falsedad documental ya sería otro tema pero respecto a la factura del 2002 está claro que no lo podrá acreditar a lo cual se añade lo que te he comentado de los albaranes.

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