Aclaración deuda con CCC desde 2004!

Tengo una deuda de unos 1000 euros con CCC por un curso que no finalice, esta deuda data del año 2004, durante todo este tiempo he recibido varias cartas amenazantes de un bufete de abogados y hace poco recibí la ultima. En esta carta pues se me amenaza con embargarme sueldo y bienes.
El caso es que me gustaría poder pagarles pero siempre ando fatal de dinero.
Mi pregunta es:
1º Realmente pueden hacer algo, no se, ¿si no han hecho nada en 4 o 5 años lo harán ahora?
¿2º Para poderme embargar algo tiene que haber primero un juicio no?
Quiero añadir un dato por si te sirve:
Yo en principio firme un precontrato o una solicitud de matricula o algo así..
Y page 130 euros de matricula, el caso es que tengo en mi poder un registro de matricula, en el que se especifican las mensualidades acordadasy los 130 euros que ya abone.. Esto se lo tenia que haber remitido con mi firma pero no lo hice.
Y otro dato por el cual estoy super mosca es que hoy debería de haber recibido mi nomina pero no ha sido así y me parece muy raro ya que hasta ahora siempre la he recibido el ultimo día de cada mes.

2 respuestas

Respuesta
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Tienen 5 años para reclamarte esa deuda, así que tendrás que estar a la fecha en que dejaste de pagar para ver si ha prescrito o no su acción para reclamarte dicha cantidad.
Para que te embarguen tiene que haber un juicio, en este caso seria un procedimiento monitorio, que es bastante simple.
A tu disposición para cualquier otra duda.
Si tu duda ha quedado resuelta te ruego votes la pregunta, para que no me siga apareciendo como activa.
Hola,
disculpa por no haber finalizado y puntuado antes! He estado desconectado..
Pues creo.. que deben de quedarme si acaso 1 o 2 meses para cumplir los 5 años desde que deje de pagar. ¿Pero tiene sentido que no me hayan metido a juicio ha estas alturas? Cuando saben que puede estar a punto de prescribir.No se! No me cuadra, aunque si que me tiene algo preocupado.
Muchas gracias por tu ayuda!
Respuesta
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Si tienes bienes a tu nombre te lo pueden embargar y rematar para cobrar la deuda + intereses+ sus honarios; Ahora bien si o si debe existir un juicio para eso y te deberían notificar del mismo sinono temas son ellos lo que están en falta y no pueden embargar. Ademas si no tienes nada a tu nombre no temas. Si percibes un sueldo ahí sipueden pero como te dije debe existir juicio y te deben citar para ejerzas tu derecho de defensa.
Muchas Gracias!
Haber si me puedes aclarar esto;
Lo que me gustaría saber es, ¿si tiene sentido que después de 5 años no me hayan metido en juicio? ¿A qué están esperando? Sera que saben que tienen pocas posibilidades...
Muy buena pregunta tal vez están tratando de interrumpir el plazo de prescripción razón por la cual te recomiendo un profesional que este al tanto, por que tal vez la deuda este caduca y no sea exigible y hasta puedes cobrar constas de juicio si la demanda esta mal inerpuesta.
Saludos y no olvides clasificar. Suerte Humberto

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