Comparecencia citación denunciante

Un amigo puso una denuncia contra una persona que le pegó al parecer sin motivo... Se va este miércoles un año fuera para aprender ingles y le han citado para el próximo 10 de octubre...(sinceramente no se si es al juicio o a declarar.. Ya que es el primer tramite después de interponer la denuncia y se lo dijeron por teléfono, ¿qué tenia que acudir al Juzgado) pasaría algo si no acude yendo yo en su lugar como su abogada?, ¿Le perjudicaría en algo?... Mi cliente es el denunciante...

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En el caso de un juicio de faltas, dispone el Artículo 970 de la Ley de Enuiciamiento Criminal:

Si el denunciado reside fuera de la demarcación del Juzgado, no tendrá obligación de concurrir al acto del juicio, y podrá dirigir al Juez escrito alegando lo que estime conveniente en su defensa, así como apoderar a abogado o procurador que presente en aquel acto las alegaciones y las pruebas de descargo que tuviere.

En el caso de que se tratara de Diligencias Previas, lo mejor es presentar un escrito explicando la situación, antes de la fecha señalada para la declaración.

Perdona, mi cliente es el denunciante, no el denunciado...y realmente vive en el partido del Juzgado donde se están tramitando las diligencias, pero como se ha ido por un año a aprender ingles y se le va a citar para octubre (le llamaron por teléfono para decírselo pero también le dijeron que se la mandarían por correo), era saber si tiene que estar; entiendo que la citación será a declarar y ratificar el atestado ya que seria la primera diligencia, todavía no ha llegado anda de ningún Juzgado...y como es el denunciante, quería saber si el es necesario que este o puedo hacerlo yo en su lugar ratificando todo...y que siga el procedimiento hacia delante....porque entiendo que si tiene que estar..el procedimiento se archivaría porque no va a venir expresamente para eso...porque no tiene dinero vamos...Muchas gracias por todo!!

¿Se trata de diligencias previas o de un juicio de faltas? Es importante saberlo porque la manera de proceder en un caso u otro es distinta.

www.lopezcollado.es

Pues en cuanto lo sepa te lo digo..muchas gracias!!

Entre tanto, por favor, finaliza la pregunta. Cuando tengas la información repítela y añade el dato.

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Resulta extraño que se le cite por teléfono porque como sabrá ud., como abogada que es, es un trámite que no queda acreditado en los autos. Quizás sea una práctica habitual en algún Juzgado, pero insisto en que no es lo normal, ni siquiera frecuentado. El/la oficial puede, si me apura, poner una diligencia de constancia de la llamada telefónica, pero ello, a pesar de firmarla el secretario como fedatario público, no creo que fuera suficiente para tenerle por no comparecido. Lo digo porque no debería perjudicarle en nada. En cualquier caso, opino que debería comparecer ante ese Juzgado en cualquier momento para hacer esa manifestación, y que sea el Juzgado quien modifique la fecha a conveniencia.

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