Consulta sobre denuncia en Juzgados

Quisiera que por favor me explicaran lo siguiente:
He puesto una denuncia en los Juzgados de Guardia por apropiación indebida contra una Comunidad de Propietarios. A partir de ese momento cuales son los pasos que se siguen: ¿La denuncia es comunicada a la parte denunciante? ¿O tiene que pasar primero por el Juez y es el quien decide si es admitida a trámite y es comunicada a la parte denunciada?.

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El Juez de Guardia lo remitirá al Juzgado que corresponda de su partido judicial según unas normas de reparto de asuntos. El Juez a quien le toque tramitar su denuncia la calificará primero, dándole el trámite de diligencias previas (si entiende que hay un delito); el del juicio de faltas (si entiende que es un hecho menor); o, por último, lo podrá archivar si considera que no existe ilícito penal (aunque quizás sí civil). Si lo califica como delito llamará al denunciado para declarar con un abogado; si lo califica como falta convocará un juicio en un día que se les notificará, donde cada uno expondrá sus motivos de acusación o defensa, para luego dictar sentencia; y, si lo archiva, siempre tendrá abierta la vía civil para reclamar a quien considere responsable de la apropiación.

Por último, aclararle que una denuncia debe ir dirigida contra una persona física y no contra una persona jurídica, como una empresa o la Comunidad (no ocurre así en la vía civil). Para que me entienda, si hubiera una condena habría que multar o privar de libertad a alguien, pero eso no se puede aplicar a una compañía, un edificio, una tienda o una comunidad.

Muchas gracias por su rápida y explícita respuesta.

Efectivamente como usted bien dice la denuncia se ha efectuado contra la Comunidad de Propietarios pero al ser esta una entidad jurídica, se ha denunciado contra la ComunidaEMVS hizo una transferencia a la cuenta de la Comunidad indicando en la misma que el beneficiario de la misma es un familiar mío, esa transferencia corresponde a una subvención concedida a mi familiar correspondiente a unas obras de la ITE de la Comunidad que mi familiar había ya pagado en su totalidad hace años.</span>

¿Usted cree que la denuncia prosperará o por el contrario cree usted que tendremos que optar por la vía civil?. A todo esto hay que decir que antes de poner la denuncia se ha solicitado la devolución de la transferencia por dos vías diferentes escritas y el Juzgado tiene copia de esas comunicaciones así como de los justificantes inclusive de lectura (Acuse de recibo por mail) de esas comunicaciones. Según el código penal estaríamos hablando de un delito en toda regla.

Gracias.

Es muy probable que prospere. También será probable que le citen para que aclare la responsable de la apropiación, que en ese caso sería el administrador de la comunidad, que es quien tiene la potestad de hacer pagos.

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