Recibos comunidad pendiente

Muy buenas.
He comprado una casa y parece ser que el anterior proipietario tenia unos recibos de la comunidad sin pagar, ¿quién se debe hacer cargo él o yo?
Gracias.

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Cuando compras una propiedad y vas al notario al objeto de escriturar la vivienda el notario te lee detenidamente lo que vas a firmar y entre todo eso el notario comprueba de que cuando tú compras una vivienda lo hagas sin ninguna deuda pendiente, si lo has comprado a través de una inmobiliaria tenía que haberte informado de que todos los pagos están al corriente: la luz, el agua, el gas, así como la cuota de la comunidad hasta el día que has comprado la casa.
El IBI lo tiene que pagar el propietario anterior y darte una copia al menos de haberla pagado, esto lo tienes que tener claro cuando compras una vivienda. Una vez adquirida la vivienda, tú eres el que te haces cargo de cualquier deuda que tenga y si como es tu caso la comunidad correspondiente a este año la tienes que pagar por que al comprar la vivienda ya lo firmas en las escrituras y no podrás exigirle al anterior propietario que lo pague.
Si todo te lo has echo a través de una inmobiliaria yo se lo exigiría a ellos por no haberte informado a ver si tienen la decencia de pagártela al menos pero obligación no tienen ninguna.

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