Recurso Multa de tráfico

Recibí en casa una multa por obstaculizar el paso a un vehículo prioritario en servicio.
Los hechos: un Lunes a la 01h de la madrugada, vuelvo a casa saliendo del restaurante propiedad de mi mujer, en coche, sin haber consumido alcohol ni nada. Se presenta atrás mío un coche de policía que enciende sus luces largas repetidamente, me freno, pensando que podían querer revisar mi documentación o lo que sea; no me paro, pero de los 50 km/h que iba, me paso a 40, para pararme en cuanto pueda.
Resulta que la calle en la que estaba circulando no había ninguna salida, sino arboles lo largo de la calzada, y entradas de garaje. A los 150 metros de tener este coche atrás mío, giro en un callejón para apartarme.
Ahora bien. A los 15 días recibo una multa por obstaculizar el paso, ¿de 250? Y 4 puntos. Tengo hasta el 09/12 para pagar la mitad de este valor.
¿Dónde y como podría recurrir esta multa?
¿Podrían dejarme algún ejemplo de carta?
Gracias por su ayuda.
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Primero, si el propósito de la policía era que te detuvieras, deberían haber hecho uso de las señales adecuadas (luz amarilla o roja destellante hacia delante); si no lo han hecho es que no tenían dicho propósito, sino sólo que les dejases pasar. Ahora bien, tu no tienes obligación de dejarles pasar ni apartarte a menos que estén en servicio de urgencia (tratándose de un vehículo prioritario). Pero para estar en servicio de urgencia deben obedecer lo que prescribe el art. 68 punto 2 del reglamento de circulación, es decir:
2. Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan de su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.
Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.
Si no han cumplido con dicha norma, tú no tienes por qué entender que se encuentran en servicio de urgencia ni cual es su propósito, así que alega esto en tu defensa. Recuerda debían utilizar al mismo tiempo la luz azul y la señal acústica (si bien podían prescindir de ésta última).
Buenas,
En primer lugar, gracias por tu respuesta.
Necesitaría un par de aclaraciones:
- Dices que podrían prescindir de señal acústica... es decir que visto la hora y estando en una zona cercana al centro, ¿no hacía falta que las pusieran (de hecho no han puesto sirena)?
Pasa que señales luminosas han hecho, pero me quedé atontado...
- ¿Sabrías indicarme dónde tengo que dirigirme para llevar mi queja?
De nuevo muchas gracias por tu ayuda.
Saludos
Supongo que en la misma notificación de la muta te debe decir si puedes recurrir o aportar alegacioens y ante qué órgano administrativo.
El último punto no acaba de quedarme claro, pero por lo que he deducido tengo que dirigirme qal ayuntamiento... en cuanto a la posibilidad de alegaciones, no aparece nada.
De todos modos muchas gracias, me has aclaraqdo lo suficiente.
Saludos

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