Telegrama de resolución

Aunque telefónicamente ya hace un par de días que a la promotora le dije mi intención de resolver el contrato, mañana voy a enviarles un telegrama para que quede constancia de ello.
¿El telegrama es una buena opción o será mejor burofax o requerimiento notarial?
¿Lo envío a nombre de la vendedora que está en la oficina de ventas y que es con quien actualmente estoy tratando o le pregunto a quién y donde lo envío?
¿Me podría decir como iría redactado, teniendo en cuenta un tono "amistoso"?
Este tema es en La Coruña, pero yo vivo en el sur de Tenerife, La Orotava es precioso.

1 respuesta

Respuesta
1
El mejor sistema es el notarial, pero vale unos cien euros, de los otros dos, entre telegrama y burofax es más económico el burofax y la redacción no la haga Vd. tiene que hacerla un especialista. No se ahorre el dinero porque corre el riesgo de meter la pata.
No obstante, si decide hacerlo por su cuenta y riesgo tiene que seguir los siguientes pasos:
Coja el contrato, mire a ver quien es el firmante, mire el domicilio que figura en el contrato, mire la representación que dice ostentar, en nombre de quien actúa.
Con estos datos ya sabe a quien tiene que dirigirse y el concepto en el que interviene.
Segundo: busque la clausula que fundamenta la petición de resolución y los hechos que la motivan.
Ahora ya tiene el texto.
Luego ponga algo así:
Lugar y fecha
Sr. D... calle, ciudad.
Muy sr mio: Pongo en su conocimiento que, en ejecución de lo establecido en la clausula... del contrato suscrito con Vds. en lugar y fecha ... en el que comparece como vendedor d... y como comprador... y por el que se adquiere la vivienda situada en... piso... letra... por un precio de..., clausula cuyo tenor literal es el siguiente : "reproducir la clausula..." procedo a resolver el contrato de compraventa firmado en aplicación de lo dispuesto en el art. 1124 del Código Civil, por los hechos siguientes:
... poner los hechos...
En su consecuencia, procedan a devolverme las cantidades entregadas... ( lo que sea)
De no hacerlo en plazo de cuarenta y ocho horas, sin más tramites iniciare las acciones que estime pertinentes en defensa de mis derechos.
Sin otro particular le saluda y queda a su disposición.
Mirindo.
Esto es un modelo "tipo genérico", habría que adaptarlo a las circunstancias específicas que motivan la resolución, pero le insisto, si no le pagan este documento termina en el Juzgado y si no está bien hecho...
Hola, cuando se refiere a que la redacción la haga un especialista se refiere a que busque un abogado que lo redacte, verdaderamente si es una garantía bien vale la pena gastarse unos duros.
¿Las notarias lo redactan?
En el contrato la persona que actúa en nombre de la empresa pone su domicilio para efectos relacionados con ese contrato el de la oficina de ventas de la obra en La Coruña, y el mío es uno antiguo ya que me mude para Tenerife supongo que habrá que aclararlo.
El motivo claramente es que no voy a poder hacer frente a los pagos por varios motivos: mi mujer y yo seguimos en paro, en unos meses escrituraremos una vivienda aquí en Tenerife sur la cual sera nuestra vivienda habitual (en un principio no lo iba a ser), el coste de la vida subió mucho, los bancos cerraron el grifo y el euribor esta muy alto, tenemos un niño y nos va a venir otro en camino (esto en realidad es una maravilla), todas económicas unidas a que mi incorporación al mercado laboral es difícil ya que tengo crisis de hernia discal y episodios de infecciones crónicas con mucha fiebre o sea también de salud ... muchas bajas laborales... todo ello unido a que seguir adelante e invertir en esa vivienda significaría una ruina para nuestra familia por como esta el tema actualmente.
¿Conoce algún motivo para poner en "hechos siguientes"? O mejor incluso ¿alguno a evitar?
Siguiendo sus consejos de prudencia y pies de plomo, mejor no caldear el ambiente ; ¿Le parece esperar a ver que me dice la promotora y cuando ellos me propongan una solución les diré que como testigo de la cancelación les enviaré un burofax?, no vaya a ser que me sigan enviando letras, y opten por resolver ellos por impago.

Obviamente las dos partes salimos perjudicadas de ahí la penalización, pero como comenta usted ... si la cosa se pone mala .. y no pagan... y juzgado... ¿de alguna manera le perjudica a la promotora, por ejemplo el que no pueda vender ese piso hasta que no este resuelto el tema conmigo?
Saludos cordiales
Respuestas abreviadas porque son varias preguntas sucesivas:
El documento creo que lo debería redactar un abogado.
El documento no lo redactan en la notaria por la trascedencia judicial que va a tener. No quieren más responsabilidades que las de su propio trabajo.
Todos los argumentos que expone, todos correctos y comprensibles, NO SON MOTIVOS de resolución del contrato, SON EXPLICACIONES del incumplimiento del contrato por su parte, que es algo totalmente diferente.
Hágame caso, solucione esto amistosamente, NO HAGA EL REQUERIMIENTO NOTARIAL porque no serviría, le van a seguir protestando las letras y va para el Juzgado seguro. Trate de lograr que resuelvan amistosamente y poder recuperar algo de dinero.
Ya no es un problema de tener o no tener un abogado sino de hablar con la promotora, aunque cuando vaya a cerrar el trato necesitará de un abogado si las cosas no están claras.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas