Hipoteca más pignoración efectivo

Mi pregunta es sobre una hipoteca que me concedieron para la compra de unos locales. La Caja, me aplico de la hipoteca concedida(sin figurar en la escritura) un importe del 12,5 por ciento a una imposición a plazo que pignoramos ante Notario. En el documento firmado en el notario dice que el importe se podtra aplicar para regularización de cuotas o saldos pendientes (el documento de la imposición a plazo no me lo dieron, así que desconozco los términos de la misma), pero ahora que tengo varias cuotas sin amortizar no quieren aplicar parte del importe a la regularización de las cuotas pendientes, ya que me dicen(verbalmante) que esa opción es optativa de la Caja y que no lo van a hacer por lo que pretender ejecutarme a primeros de enero. ¿Existe alguna posibilidad legal para que ese deposito sea aplicado a regularizar como dicen las clausulas adicionales las cuotas pendientes de pago? Estoy hecho polvo, pues me veo sin patyrimonio en tres días.
Agradeciendo de antemano su respuesta quedo a la espera de la misma.

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Sin leer los documentos y con esa trascendencia es imposible opinar, pero en lo que estoy seguro de no equivocarme es en la posibilidad de solicitar POR ESCRITO y con el sello de recepción de la entidad, que "quiere que se aplique parte del importe pignorado a la regularización de cuotas impagadas" y solicite copia de todos los documentos firmados, en el Banco o en el notario se lo darán.
Estoy seguro que el problema es del director de la Sucursal que puede, o bien haberse excedido en sus facultades, o haber recibido directrices de la Central o la Asesoría Jurídica en el sentido de no ampliar la línea de crédito con Vd. o tratarse de una conducta reiterada de impagos que ven insolucionable, pero el documento con la notificación por escrito de su solicitud es una salvaguarda para el ejercicio de acciones judiciales a las que puede responder alegando que la deuda se encuentra cancelada Esto frenará la actuación judicial inmediata o les hará replantear sus términos... al menos temporalmente y hasta que se "coma" ese doce por ciento. Pero enfrentamientos directos con entidades bancarias suelen tener mal final. NOtifiquelo por escrito e intente transar con pagos parciales, ampliación de plazos, aumento de garantías si es factible y su situación financiera puede mejorar...
Es muy difícil opinar "en vacío" pero mi consejo es que las entidades de crédito siempre están dispuestas a arreglar para no perder los clientes y que solo se meten en el Juzgado cuando no hay otra solución, apriételes las tuercas.
Para redactar el documento notificando su deseo de aplicación de la imposición a plazo personalmente creo que debería hacerlo un abogado. Ese papel va seguro, al Juzgado.
Suerte. Está complicado porque se la puede jugar. Lo siento.
Gracias.Me han asombrado la claridad y la precisión de los argumentos de tu respuesta ademas de la experiencia que se peercibe en los mismos. Me has dejado en el "nirvana". Afortunadamente lo he podido resolver con la ayuda económica que me ha brindado un amigo, pero la solución que me das es la que yo esperaba y si (dios no lo quiera) la situación no se endereza en tiempo breve, la guardo para su utilización posterior.
Te considero mi amigo, y si alguna vez pudiera servirte en algo, estaré a tu disposición.
Te deseo un feliz y venturoso año 2008.
Un fuerte abrazo.
Alfonso Mendoza.

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