Legislación de amas blancas

Mi pregunta se refiere a la legislación sobre armas blancas en España.
Con el tiempo, he ido coleccionando varias armas medievales y he acabado con 5 espadas de entre 80 y 180 cm de longitud (algunas de doble filo, otras con un solo filo), un mayal (una bola con púas unida con una cadena a un palo), 2 dagas (de entre 40 y 60 cm de longitud) y una lanza de 2 m de longitud que girando aparece una cuchilla oculta y se convierte en dos lanzas de 1 m de longitud.
Todas son armas de coleccionismo, pero la gran mayoría están afiladas y son potencialmente peligrosas.
No sé si influye, pero 3 de las armas (la lanza, una espada y una daga) las he forjado yo mismo.
Me gustaría saber si es legal tenerlas en mi piso o si requiero una licencia para ello y si algún día requiero transportarlas qué medidas he de tomar.
Igualmente, como llavero llevo una navaja suiza multiusos, pequeña, pero uno de cuyos accesorios es una hoja de navaja con un solo filo y de 6,5 cm de longitud. Con ella tendría problemas para cortar una hoja de papel (casi son más peligrosas las llaves que van unidas al llavero), pero también quiero saber si es legal su tenencia y que la lleve por la calle.
Respuesta
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Casi que te indico el reglamento de armas, 137/93 de 29 de Enero, BOE 5 de Marzo de 1.993, porque hay muchas especialidades y casuística.
Creo que si te la lees tu, te reponderá a todas tus preguntas.
Muchas gracias por responder.
He leído el reglamento que me indica, pero me han quedado las siguientes dudas:
El reglamento dice "Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones"
-"Los bastones-estoque": ¿Mi lanza que tiene una cuchilla oculta además de la visible se puede considerar un bastón-estoque?
-"Los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda": no me queda claro si un puñal es sólo lo que tiene menos de 11 cm o si además de la definición normal también es el que tiene menos de 11 cm. ¿Mis espadas son puñales para esta legislación?
-"Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas": mi mayal (la bola con púas unida a un palo por una cadena), que es una arma histórica ¿se incluye en esta categoría? ¿Qué es un "rompecabezas"?
Gracias por su atención.
No te se responder a eso. ¿Por qué no preguntas en la intervención de armas de la Guardia Civil? Te lo aclararán mejor.

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