Estoy de baja por depresión la empresa no me paga, quien esta obligado a pagarme.

<p style="display: inline !important;">Estoy de baja por depresión por las malas practicas que se realizan en la empresa por las consecuencias que me puedan ocasionar.
<p style="display: inline !important;">Mi jefe esta al tanto de los
<p style="display: inline !important;">motivos y me ha estado obligando a incorporarme. Mientras que he estado preocupando, pero cada vez que intentaba ir aunque fuera a llevar la baja me daban crisis de ansiedad, cuando le entregue el parte de la baja me pidió las llaves y a los diez minutos de salir cambio la contraseña del mail. Me llamo para reunirnos con el asesor. Mi sorpresa fue que propone un despido disciplinario porque según el me he llevado dinero y muchas mas cosas, me advierte que si no quiero ir por lo penal que acepte un despido improcedente pero que se daba por cobrado en efectivo en ese instante, y cobraba el desempleo haciéndome un favor, evidentemente no firme nada. En ese momento me sorprendí, pero pasado el disgusto no tanto porque estoy acostumbrada a ver las barbaridades que hace. Pasada una semana me llama para preguntarme que he decidido y al entregar el parte en la asesoría le dije a la chica que no iba a firmar ninguna de las dos propuestas. Me ha visto el medico de la mutua. He llamado a la mutua y la empresa me sigue teniendo de alta en la seg. Social y me dice que me tiene que pagar la empresa. ¿quien esta obligado a pagarme? Mi hija no va a poder tener reyes con 6 años ¿como se lo explico? Estoy agobiada porque tengo obligaciones.
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Estimada consultante,

En primer lugar decirle que lamento su situación.

Decirle que, si en su baja consta "enfermedad común o accidente no laboral", el obligado al pago es la empresa de los días 4 al 15 de baja, y el INSS o Mutua del 16 en adelante. Los primeros 3 días son los llamados "días de purga" y no se cobra nada. Si su baja consta como "accidente laboral o enfermedad profesional", tendrá derecho a percibir la prestación por baja desde el día siguiente al que se produzca ésta.

En su caso, y aunque le pueda extrañar, creo que lo de menos es quien le paga la prestación por IT. En su caso y por lo que describe hay unos problemas laborales tan gordos que quien sea obligado al pago de la IT es lo que menos importancia reviste. En su caso puede haberse dado una situación de despido improcedente y/o de mobbing o acoso laboral. Por tanto, dele a esto la importancia que tiene y consulte con un abogado, que le indicara los pasos a seguir y los costes económicos.

Queda nuestro bufete a su entera disposición para cuanto necesite en la web abajo indicada.

Reciba un cordial saludo.

Larios Abogados

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