Baja por it ymutua

Explico mi caso, llevo 8 días de baja medica por incapacidad temporal. He empezado a recibir llamadas de la mutua a las que no he atendido (buscando el telf en internet pude saber que eran ellos). Según tenía entendido solo podían hacer seguimiento a partir del día 16, pero por lo visto ahora puede que la cosa haya cambiado. Mi pregunta es, ¿existe un plazo mínimo entre que realicen el aviso (espero un burofax en los próximos días ya que por telef no les voy a atender) y la cita que propongan, o pueden hacerlo de un día para otro? Si la baja y el seguimiento de la misma la lleva un medico de la Seg. Social, ¿puedo negarme a que me reconozcan en la mutua, aunque me presente cuando me citen, o sería objeto de sanción? ¿Si hay una entidad de la mutua en mi provincia, pueden remitirme a una provincia diferente a hacer el reconocimiento? Lo que mas me interesa saber es si existe un mínimo de días entre que me manden el burofax con el aviso y la cita que me pongan, o si no está regulado saber al menos cuanto suelen dar de plazo, puesto que me remiten a una provincia diferente y he de buscarme la vida para poder acudir, ya que según tengo entendido, de no acudir te retiran la prestación.

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Si quien gestiona la incapacidad temporal es la mutua, aunque el seguimiento de la IP lo haga un medico del INSS la mutua tiene derecho a controlar la evolución de la IT a partir del decimosexto día de la baja medica y no te podrás negar a acudir a las citaciones de la mutua porque aunque no te pueden dar el alta directamente si pueden hacer una propuesta de alta al INSS y el INSS atender la propuesta de la mutua y darte el alta medica.. La mutua a partir del día 16 de la baja medica, te pueden citar tanto por teléfono como por fax o por correo, para hacer un seguimiento de la evolución de tu estado de salud, aunque lo mas habitual es que lo hagan por carta y pero si por cualquier casualidad se devuelve la carta o no acudes a la primer cita te pueden llamar por teléfono para comunicarte que tienes que presentarte a un control determinado.. Si la mutua tiene un centro sanitario en tu lugar de residencia y te tienes que desplazar a otro lugar, se lo tienes que comunicar porque están obligados a poner a tu disposición el medio de transporte y si no disponen de medio de trasporte, los gastos que te ocasione el desplazamiento lo tiene que cubrir la mutua aunque el dinero lo tienes que adelantar tu. De todas formas ara este tipo de cuestiones lo mas aconsejable es que te informas directamente en la tesorería del INSS de tu ciudad y el la tesorería te informaran de los derechos que tienes como paciente dependiente de una mutua y de las obligaciones que tiene la mutua como entidad gestora de la IT de un trabajador en esa situación.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda..

http://www.todosobrelasbajaslaborales.com/principal#.Ujg8on-aRiw

Muchas gracias, una ultima cuestión. Si llevo 8 días de baja y ellos lo controlan a partir del día 16, ¿tienen derecho a estar llamando y demás molestias antes de que pase ese plazo? (Estoy de baja por causas psicológicas y lo último que me apetece es que me estén dando la brasa con esto ya desde la primera semana...) ¿que les podría argumentar al respecto si contactan de nuevo conmigo? ¿Sobre el plazo mínimo entre el aviso y la cita no hay nada establecido? Gracias de nuevo, espero tu respuesta y ya cierro. Un saludo

La mutua te puede llamar por teléfono para pedirte algún dato que les falta hayas pasado por alto y que necesiten para cumplimentar la prestación por IT pero no te pueden estar llamando para comunicate la citación algún tipo de control porque hasta que no transcurran los 16 días previstos no te pueden hacer pasar ningún tipo de control, y si lo hacen antes de transcurrir los 16 días establecidos te puede negar y si insisten puedes denunciarlo el la dirección provincial del INSS.. En cuanto a el tiempo que tienen para comunicarte la citación, a partir del día 16 de la baja medica lo pueden hacer en cualquier fecha y tu tienes que acudir el día de la fecha señalada por la mutua a no ser que ese día no puedas acudir a la cita y lo puedas acreditar con algún justificante por lo que la mutua te citara para otro día al que tendrás que acudir sin demora bajo propuesta de alta medica..

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