Capitalización del paro

Actualmente estoy trabajando en una empresa pero me están haciendo la vida imposible. Me estoy planteando la posibilidad de crear mi propio negocio, y para eso necesitaría capitalizar el paro. Según tengo entendido, únicamente podría solicitarlo si estoy en situación de desempleado, y la empresa en la que estoy no me va a facilitar el despido.

¿Qué alternativas tengo? ¿Puedo solicitar la capitalización, pidiendo yo en la empresa la baja voluntaria?

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Para que puedas capitalizar la prestación por desempleo y el SEPE te conceda el pago único, en el momento de inscribirte en el SEPE/INEM) como demandante de empleo tienes que encontrarte en situación legal de desempleo es decir que tiens que haber perdido el empleo por finalización del contrato de trabajo o por cualquier causa de despido ajena a tu voluntad y a instancias del empresario.. Si pides la baja voluntaria no podrás acxceder a la capitalización o pago único porque el cese voluntario no se considera una situación lagal de desempleo porq

Para que puedas capitalizar la prestación por desempleo y el SEPE te conceda el pago único, en el momento de inscribirte en el SEPE/INEM) como demandante de empleo tienes que encontrarte en situación legal de desempleo es decir que tiens que haber perdido el empleo por finalización del contrato de trabajo o por cualquier causa de despido ajena a tu voluntad y a instancias del empresario.. Si pides la baja voluntaria no podrás acceder a la capitalización o pago único porque el cese voluntario no se considera una situación legal de desempleo porque, la prestación por desempleo es una prestación que se concede a los trabajadores que queriendo y pudiendo trabajar no pueden hacerlo porque no lo encuentran, o porque se quedan sin trabajo por causas ajenas a su voluntad.. Por lo tanto cualquier si pides la baja voluntaria no podrás acceder a la prestación por desempleo y por lo tanto tampoco podrás capitalizar dicha prestación.. La única posibilidad de que puedas cobrar toda la prestación de una vez, es mediante el despido, ya sea un despido procedente o improcedente, eso da igual, siempre que la extinción de la relación laboral se produzca a instancias del empresario pero si eres tu quin decide dar por finalizada la relación laboral con la empresa entonces no te encontraras en situación de poder cobrar el paro porque no te encontraras en situación legal de desempleo... Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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