Vacaciones-permiso matrimonio

Un compañero se casa el próximo día 16 de agosto, se que le corresponden 15 días de permiso retribuido por esto, lo que sucede es que tiene concertadas las vacaciones del 13 al 23 de agosto, lo que quiero saber es si puede disfrutar las vacaciones y el permiso consecutivamente o puede hacerlo en fecha diferente, por que la empresa le dice que los días de permiso son los de vacaciones, si puedes indicarme artículos de leyes o reglamentos en los que se trate el tema mejor que mejor.
Respuesta
1
Niko: Te voy a contestar en base a la legislación Argentina: Por causa de matrimonio corresponde una licencia especial de 10 días corridos, conforme el art 158 de la Ley 20.744, y por vacaciones depende la antigüedad en el trabajo menos o = a 5 años = 14 días corridos, menos o = a 10 años 21 días, etc. De cualquier forma, se puede convenir la acumulación de ambas licencias (Vacaciones + matrimonio). Obvio que las que son "poco negociables" para el trabajador son las del matrimonio, ya que resulta inconveniente postergar la "luna de miel".- Por ello, deberías aconsejar a tu amigo y decirle que debe hablar con su jefe para aclarar la situación, y decidir si quiere gozar de ambas licencias simultáneamente o no.- Un abrazo.-

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas