¿Debe la empresa igualar categorías profesionales a trabajadores que realizan = trabajo?

La empresa donde trabajo reconoce a raíz de un accidente de
trabajo que para ese puesto concreto el personal tiene que tener una categoría determinada
(Oficial de primera). ¿Debe igualar categorías a trabajadores de la misma
empresa que tienen igual puesto y desempeñan iguales funciones? Inicialmente se
excusan en que depende del convenio y que al estar los trabajadores en dos
provincias diferentes no se puede extrapolar.
Otros datos:
- Convenio aplicable: Siderometalúrgico
- Provincias: A Coruña (reconocen categoría) y Lugo

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Respuesta
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Aunque están en dos provincias diferentes, están en la misma comunidad, con lo cuál, los convenios son válidos para todas las provincias de la misma comunidad...

Yo lo que diría a la empresa, es que si necesitan que se produzca otro accidente para tener que igualar las categorías...

Hay gente muy cabezota y no se dan cuenta, que se exponen a una sanción administrativa por no tener al personal adecuado para un determinado trabajo... y el tipo de personal, es el que se refleja en el contrato. Si contratan a un oficial de primera, pero le ponen una categoría de "ayudante" (por ejemplo) y surgiese cualquier problema, la empresa se enfrentaría a una sanción por no contar con el personal adecuado... y si pueden demostrar que el personal es "cualifiado", entonces la sanción será por no tenerlos contratados en la categoría correspondiente...

Un saludo, y si puedes hacer entender esto a la empresa, será todo un logro...

Ante todo gracias por la contestación, quería comentar solo un par de cosas:

Aunque están en dos provincias diferentes, están en la misma comunidad,
con lo cuál, los convenios son válidos para todas las provincias de la
misma comunidad.... Como puedo justificar/documentar esto, donde viene recogido?

El personal que debe realizar esos trabajos debe ser cualificado (no es suficiente con autorizado), trámite que hace la empresa pero sin reconocer la categoría de oficial de primera. No se si debe ir pareja la cualificación a la categoría.

Saludos,

Existe un convenio colectivo para el comercio del metal, en el cuál estaría englobado tu sector; Este convenio es válido para todas las empresas del sector en España, aunque cada comunidad autónoma le añade matices propios sobre todo en cuestiones de seguridad...

Aquí te paso el convenio colectivo para el sector del metal de Navarra, que básicamente será el mismo que en la comunidad de Galicia, salvo pequeñas modificaciones que se hayan introducido...

->Pincha aquí para descargar el convenio de Navarra<-Mira el punto 8, donde se habla de las categorías.

Si deseas ver el convenio original de tu comunidad, deberías ir al ministerio de trabajo y solicitar una copia allí mismo, y quizás también, poner una reclamación para que una inspección de trabajo verifique que los trabajadores que tienen un determinado puesto, cumplan con la categoría profesional que debe estar asignada a ese puesto.

Nuevamente.

Me temo que en nuestro caso no viene nada.

http://www.cigservizos.org/sites/default/files/acordo_convenio/2011/05/convenio_2010_2012_11027.pdf

Pues tienes razón, que no viene nada en el convenio, aunque disculpame, que no entiendo bien gallego...

Solo se me ocurre que puedes ir al ministerio de trabajo y pedir hablar con un inspector... Estoy seguro que ellos te resolverán el problema mucho mejor que yo, y si fuese el caso, harán una inspección para verificar que todos los puestos que requieren una cualificación, la gente que trabaja en ellos, tiene esa cualificación...

La denuncia es optativa ponerla o no, pero seguro que te aclararán el tema...

Disculpa que no pueda ayudarte mucho más...

No olvides finalizar mi respuesta para que no se me quede por aquí pendiente...

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