Excedencia contrato obra y servicio

Llevo 15 meses trabajando en una entidad publica a través de otra empresa con un contrato de obra y servicio a tiempo parcial (38 horas semanales); según he leído en el convenio al que pertenezco (convenio colectivo de est. Emp. Consultoras de planificación) al tener mas de un año de antigüedad tengo derecho a poder pedir un mes sin sueldo

Tengo un problema familiar y necesitaría, además de mis vacaciones, disponer de ese mes extra

¿Estoy en lo cierto y tengo derecho a esa posibilidad?

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Sí, si el Convenio colectivo prevé la posibilidad de ese permiso no retribuido tiene derecho a solicitarlo.

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