Despido previo cambio de cnodiciones

Mi pareja lleva trabajando en la empresa 5 años a 40horas semanales
Le han ofrecido media jornada de manera indefinida en el mismo contrato
Si la quisieran despedir pasado 5 meses
La indemnización a cobrar siendo ella fija indefinida seria mayor, ¿igual o menor?
Respuesta
1
Nos encontramos ante una situación de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en estos casos el trabajador tiene derecho a rescindir su contrato si le parece acertado por una indemnización de 20 días de salario con un máximo de 9 mensualidades.
También puede acudir a la vía judicial y que se reconozca si esa reducción de jornada es acorde con lo que sería la situación que pasa la empresa, en caso de ser injustificada el juez decretará la indemnización de 45 días de salario, el plazo para ejercitar esta acción es de 20 días hábiles una vez conocida la modificación sustancial.
¿Si la quisiesen despedir?
Dependerá del tipo de clasificación del despido y del tipo que sea para saber el tipo de indemnización que percibiría, ya que depende de si es "procedente", "improcedente", o incluso "nulo".
Le adelanto que la indemnización máxima es de 45 días de salario por año de servicio, reconocida en ley.
Si su esposa es despedida, y es declarado improcedente cobraría, la totalidad de 45x4= 180 días de salario.
Cualquier consulta, [email protected]
Según la empresa la unidad concreta donde trabaja, un restaurante, a veces tiene perdidas, pero la cadena que nivel nacional ha obtenido ganancias en el ejercicio anterior, noticia incluso publicada en prensa hace varios días.
Muchos de sus compañeros ya despedidos la han recomendado que se de de baja medica ya que pro vía judicial se le podría sacar una mayor indemnización por considerarse improcedente y promovida por la situación de baja medica. Es cierto que si el lunes mismo estuviera de baja medica con sus partes formulador por el medico de cabecera, ¿podríamos encontrarnos ante un marco más complicado para la empresa?
Si está teniendo pérdidas y la empresa está demostrándolo, aunque esté de baja puede ser despedida una vez reincorporada al puesto de trabajo, debe tener en cuenta que la baja supone la suspensión del contrato y que por lo tanto no se puede despedir en ese periodo pero a la empresa le da igual porque en situación de baja, ella no está pagando está pagando o la mutua o la Seguridad Social. En el caso de que coja la baja una vez reincorporada y demostrado el mal ejercicio mediante documentos que así lo acrediten puede ser perfectamente despedida.
La baja supone que no puede ser despedida durante el periodo de baja, pero a la empresa no le importa ella no está pagándole salario. Después podría despedirla si demuestra las pérdidas.
Muy desacertada la decisión del Graduado Social o el abogado que han contratado.
Cualquier consulta, [email protected]

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas