Cobrar paro

Hola, una pregunta quería hacer si me pueden ayudar.
El caso es de una persona que despiden de la empresa pero no le dan la baja de la seguridad social, (con despido objetivo individual pero sin que se haya resuelto la relación laboral), con lo cual no puede cobrar el paro.
Cuando la empresa le de la baja de seguridad social, ¿desde cuándo le pagan el paro, le pagan desde el día del despido, desde que el juicio se dicte sentencia? ¿Si no hay derecho a salarios de tramitación hay un periodo sin cobrar?
Gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
¿Te refiere a que te han despedido y habéis ido a juicio no?
Si es así efectivamente por ahora no puedes cobrar paro.
Cuando el juez resuelva hay dos opciones que pierdas o ganes.
Si pierdes: pues nada, el día de la sentencia empezaras a cobrar el paro y no hará salarios de tramitación, o sea, como dices tu, habrá un periodo de tiempo en el ho habrás cobrado nada.
Si ganas hay otras dos opciones que optes por la readmisión o que optes por indemnización
Readmisión: esto es, vuelves a la empresa y el empresario te tiene que abonar los salarios de tramitación desde el despido hasta la sentencia.
Indemnización: El empresario deberá pagarte salarios de tramitación + indemnización y empezaras a cobrar el paro desde el día de la sentencia judicial.
Muchas gracias,
Una cosa más, la empresa tiene que estar cotizando a la seguridad social por el trabajador hasta que haya sentencia, si es así, ¿le esta costando dinero el trabajador y al trabajador esta acumulando antigüedad de cotización en la seguridad social no?
Muchas gracias.
Saludos.
Luis
eso es.

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