Contrato de Trabajo

Hola buenos días, verás a mi esposo desde hace más de un año la empresa le paga con retrasos su nómina, para dar ejemplo el mes de octubre lo ha cobrado el 1 de diciembre es decir esos son los plazos que la empresa maneja para pagar las nóminas, con lo cual no es normal, estamos hartos que sistemáticamente haga esto porque estamos pagando intereses en los bancos que claro, ¿ellos no se hacen cargo y como protestes quedas fuera.Se puede rescindir el contrato? Podemos probarlo con los ingresos bancarios, ¿he leído que esto se ajusta al art 50 del estatuto de trabajadores.En los tiempos que corren crees que un juez puede darle la razón a mi marido? Gracias si pudieras aclarar estas dudas, saludos

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Para que un juez admita a tramite una demanda por impagos de salarios, la empresa ha de adeudar 3 meses o 2 meses y una paga extra, y así solicitar la extinción del contrato por incumplimiento de la empresa.
Para el caso de los retrasos ha de haber 1 año de retrasos continuados.
Si os encontráis en alguno de los dos supuestos podéis contactar con un abogado laboralista para poner la demanda. También os recomendaría antes de perder el puesto de trabajo, os dirigierais a un sindicato y le explicarais la situación, en muchas ocasiones las empresas tras recibir una explicación de un sindicato de las consecuencias de estos impagos, recapacitan y solucionan el problema, sin llegar a despidos y/o juicios no agradables.

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