Derechos trabajadora embarazada

Estoy embarazada de 4 meses, mi contrato se termina en agosto y mis preguntas son las siguientes:
- Si cuándo se me termine el contrato estoy de baja ajena o no al embarazo ¿mi paro se gasta igual?
- ¿Me pueden echar en agosto porque estoy embarazada a un que la escusa de la empresa sea que no hay trabajo siendo mentira?
- ¿Me puedo negar a firmar el contrato?
- ¿Cómo debería de actuar en este caso según las nuevas leyes?
Por favor necesito que me ayude con su respuesta para actuar lo más correctamente posible. Embarazada de 5 meses para entonces no me cogerá nadie para trabajar y no me interesa gastar el paro que tengo ya que me gustaría gastarlo cuándo mi hija venga al mundo.

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Respecto de la primera pregunta: Las únicas situaciones cuya duración no se descuenta a efectos del desempleo cuando a uno se le acaba el contrato son: la baja por Contingencias Profesionales (Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional o incluso subsidio por riesgo durante el embarazo) o licencia por maternidad, tal y como establece el artículo 222 de la Ley General de la Seguridad Social.
Respecto a la segunda pregunta:Sí, podrían echarte puesto que se acaba tu contrato con la empresa y el hecho de estar embarazada no les obliga a renovarlo.
En cuanto a la tercera pregunta: Si te refieres a negarte a firmar el contrato si te ofrecen la renovación, podrías hacerlo pero tendrás que tener cuidado de que no dejen constancia en el certificado de empresa de que la no renovación se produce a iniciativa tuya. Pues en este caso no podrías cobrar la prestación por desempleo.
En cuanto a la última pregunta si se produce el despido y estás de baja deberás acudir al INSS para solicitar el pago directo de la prestación por I.T. y una vez que estés de alta acudir al INEM en el plazo de 15 días para solicitar la prestación por desempleo.
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