Embarazo y Despido

Hola Buenas Noches:
Mi caso es el siguiente, trabajo en una constructora, estuve dos años por ett y en Mayo de 2007 me contrataron con un contrato por obra.
Aunque siempre he trabajado en la Delegación de la empresa, estoy dada de alta en una obra, es decir, otro centro de trabajo y nunca he estado en otro lugar.
Mi problema, es que estoy embarazada de 23 semanas y mi jefe me ha dicho que por recortes de personal me ha tocado salir a mi. Sabe que estoy buscando piso y quería decírmelo de forma "extraoficial" para que no me apresurara.Que está muy contento conmigo y bla, bla, bla, pero que tienen que echar a gente.
Cosa que le reproche puesto que el mismo me decía que le aguantase todo lo que pudiese y no me diese de baja por ilt.
Me ha dicho que por las buenas intentará pedir por mi despido los 45 días por año y que por las malas ya conozco la política de la empresa, y quien denuncia es vetado.
Intentará mantenerme hasta final de mes o hasta el mes próximo.
Mi pregunta es ¿pueden despedirme o sería un despido nulo?
Se que la ley ampara a las embarazadas (aunque no sé hasta donde), sin embargo mi contrato es por una obra que está además está finalizando (aunque lleva así meses).
También quisiera saber, ya que todavía no es oficial, si podría darme de baja por ilt. Y si estando podría echarme.
Espero su respuesta y muchas gracias de antemano

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La única forma de la que puedes ser despedida de la empresa es mediante un despido procedente, ya sea porque has cometido una falta laboral, o porque se trate de unn despido objetivo, por causas económicas, productivas, técnicas u organizatvas, y la empresa justifique muy bienante el Juzgado esas causas y por qué tú eres la persona que debe ser la despedida. En todos los demás supuestos, por el hecho de estar embarazada, estás protegida, y un eventual despido o un fin de obra "ficticio", dan lugar a un despido nulo y a la necesaria readmisión tuya. Si tu contrato es de obra, pero realmente tu trabajas en la Delegación, ese contrato está realizado en fraude de ley, y el fin de obra se considerará un despido nulo.
La baja por IT que puedes solicitar no cambia esa situación. Tu protección deriva de tu estado de embarazo, no de la baja por IT.
No creo que tengas problemas si deciden despedirte, para que en un Juzgado declaren tu despido nulo y la obligación de tu readmisión.

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