La empresa se niega a recibir documentación

La empresa me despidió el día 5 de marzo, he ido hoy a donde trabajaba, que no es la central, sino mi lugar de trabajo y el jefe de allí se niega a recogerme los partes de confirmación por ILT para enviarlos a las oficinas. ¿Es correcto esto? Dice que tengo que levarlas personalmente y me causa un perjuicio porque las oficinas están a 70 kms de donde yo vivo y ademas por mi lugar de trabajo pasan 2 veces a la semana a recoger la cartera con la documentación que haya para llevarla a las oficinas. Esto me suena a ganas de tocar la moral.

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Las puedes enviar por correo, o bien dirigirte a tu Mutua o Entidd Gestora para hacer constar que se niegan a recibir los partes de confirmación de tu baja hasta el día 5. En todo caso la presentación e los partes ante tu jefe, para que pueda ser válida la demostración de la negativa denes hacer la con dos testigos. Puedes presentar reclamación ante la Inspección de Trabajo de tu provincia.
A partir del despido percibirás la incapacidad temporal a través del INSS o de la Mutua que tenga la empresa para las bajas (supongo que de enfermedad) hasta la extinción de la incapacidad temporal: Alta médica, incapacidad permente o resolución denegatoria de Inc. Permanente.
Muchas gracias por la respuesta. Permíteme otra pregunta que hice hace días por aquí pero nadie me ha contestado. Me despiden por despido disciplinario alegando que he cogido dinero de ellos. ¿Qué pruebas aceptaría un juez para que esta acusación fuera valida? Lo digo porque en la carta de despido solo indican que faltan tal y cual sobre y poco más, pero si presentar pruebas, por lo menos aun no he visto el expdiente que ha instruido el abogado de la empresa aunque lo he solicitado. Gracias de nuevo
Es tan típico lo de los robos como causa de despido que (salvo que sea cierto) yo no mepreocuparía por ello. No obstante debes acudir a tu sindicato o a un abogado laboralista para que prepare tu defensa. Yo te se contestar sobre temas generales, pero ahí debes prepararte para un acto conciliatorio, o bien juicio por despido y, aunque no es obligatorio ir con abogado, en la mayoría de los casos, es conveniente. Mucha suerte

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