Me quieren hacer la cama

Estoy intentando buscar soluciones ya a la desesperada, a ver si aquí la encuentro.
El 18 de junio de 2008 empiezo a trabajar en la empresa POR con un contrato por obra y servicio con la "promesa" de que en septiembre me harían indefinida. En mi contrato pone que mi sueldo es el S.M.I. Compuesto del salario base y la prorrata de las pagas extras, ¿se añadió en mi nómina en concepto "Plus absorbible" con la cantidad que lo redondearía a 650? Que fue lo que acordé con mi jefe.
En junio de 2009 decido hablar con él, en vista de que hacía ya un año en la empresa para ver si me hacía indefinida como me dijo y, en su lugar, decidió que sí, que retocaría el contrato, me redujo una hora al día y 100 ?/mes. Para ello me hizo contrato nuevo con las nuevas condiciones, pero en mi nómina sigue apareciendo el "Plus absorbible", con otra cantidad, evidentemente.
Ahora llega el problema, el otro día me empezó a dar la charla de que si la crisis, que qué mal está todo... Total, que al final de febrero tendríamos una conversación, y que si no mejoraba la cosa me tendría que reducir nuevamente el salario (pero no la jornada) y me lo dejaría en 300 y pico (el S.M.I., imagino) y ya decidiría yo si quiero seguir o me voy.
Mientras pasa todo esto, trabajo en la empresa sí hay, tiene una persona en prácticas y ha contratado el servicio de otra que empezará el 1 de marzo.
Estoy embarazada, pero aún no se lo he dicho, quiero saber qué me puede pasar antes de decir nada. Sé que en mi estado no me pueden despedir, pero lo que me imagino que me pueda hacer es quitarme el plus y lo que me queden serán los 300 y pico de los que me habló.
Por favor, se me acaba el tiempo y ya no sé que más hacer, no me gustaría que se saliera con la suya.

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No tienes que buscar demasiadas soluciones, porque en mi opinión tienes el asunto solucionado... y te voy a explicar por qué.
Es verdad que no facilitas demasiados datos, como por ejemplo el sector de actividad, tu categoría profesional, las tareas que realmente desempeñas y, lo que es más importante, sobre todo teniendo un contrato por obra o servicio determinado, no nos dices cual fue la obra o servicio para la que fuiste contratada... y supongo que por dos veces, pues lo normal es que en junio de 2009, según te explicas, no formalizaras una modificación del contrato de trabajo inicial, sino un nuevo contrato... sería bueno saber también si entre el primer contrato (el que formalizaste en junio de 2008) y el segundo (el de junio de 2009) hubo formalmente (digo con papeles firmados y baja en el régimen general de la seguridad social), y con independencia de que lo trabajases, un periodo de "inactividad" superior a 20 días (podrías solicitar un informe de vida laboral para ver si la empresa te dio de baja y alta).
No obstante, digo que lo puedes tener solucionado porque según te explicas lo normal es que los contratos de trabajo temporales por obra o servicio que formalizaste carecen de causa que los justifiquen y estén formalizados, por tanto en fraude de ley. La consecuencia de esto sería que el contrato de trabajo que te une con tu empresa tendría la consideración de contrato indefinido.´
De ser así, no tendrías de qué preocuparte, en el momento en que te notifiquen un cese por finalización de la obra o servicio objeto del contrato lo único que tendrías que hacer es reclamar por despido... y, fíjate, en el caso que planteas, estando embarazada el despido sería declarado nulo, lo que conlleva la inmediata readmisión al puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir durante el periodo de tramitación del expediente... con lo que no tienes que tener ningún miedo en comunicárselo a la empresa.
En mi opinión, los contratos de trabajo temporales para la realización de obra o servicio son utilizados, por su "aparente" flexibilidad en la mayoría de ocasiones pero también en la gran mayoría de ocasiones son muy difíciles de justificar. Las obras que justifican estos contratos temporales tienen que tener "autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa" y estando el tiempo que dices que estás prestando servicios lo normal, lo que puedo deducir sin saber nada más que lo que expones, es que los trabajos que tu realizas no tengan esas notas de "autonomía y sustantiviad propia".
Espero haberte dado la solución que buscas, si es así, no olvides cerrar la pregunta.
Según está registrada la empresa, su actividad son estudios de mercado y estadísticas de información pública, pero realmente a lo que nos dedicamos es a la organización de congresos. Yo soy auxiliar administrativo y en el contrato pone que me acojo al estatuto de los trabajadores.
En el primer contrato que me hicieron pone que se me contrató para organización de la feria de muestras de valladolid (que se celebró en septiembre, y cada año). Me lo finalizaron el 30 de junio de 2009 y el 1 de julio de 2009 tenía el nuevo, es decir, no estuve inactiva, se empalmaron.
Mi mayor miedo es la reducción de salario, mi jefe es un listo, dice que no hay trabajo pero sí hay, tiene gente en prácticas y hay muchos congresos para este año, lo que quiere es quitarme de en medio. Yo estoy dispuesta a luchar hasta el final, éste se piensa que puede hacer lo que le da la gana con cualquiera.
Por favor, aclárame si me puede quitar el "Plus absorbible" que aparece en mi nómina o si, al contrario de sus amenazas, ni me puede despedir, ni me puede reducir.
Muchas gracias por tu ayuda, me alegra saber que hay un claro entre tantas nubes.
Neska, con los nuevos datos que aportas, definitivamente ese contrato tuyo está formalizado en fraude de ley... para que no lo estuviera, una vez organizado el primer evento tendría que haberse rescindido, sin embargo tú has continuando prestando tus servicios y seguramente en tareas que nada tienen que ver con la organización de Congreso de Valladolid... además, eso no es una obra con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa... eso es justamente la propia actividad de la empresa (aunque en el registro diga que su actividad son estudios de mercado y estadísticas de actividad propia).
Siendo así tienes las cosas fáciles... NO FIRMES una reducción de jornada... si te despide, tienes que moverte rápido y presentar la papeleta de conciliación. Ten en cuenta que tienes un plazo de 20 días de caducidad para poder presentar de demanda por despido... son 20 días inaplazables, que sólo se interrumpen por el tiempo que media entre el día que presentas la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación de tu comunidad autónoma.
Respecto a la consolidación del plus absorbible, tienes que ver si el mismo es repetitivo y siempre igual, pues de ser así adquirirías lo que se llama una "condición más beneficiosa de origen contractual" y lo tendrías consolidado... da igual que la empresa lo llame "Plus absorbible", pues en todo caso, si es un concepto que permanece inmutable, se llame como se llame forma parte de tu salario... en el Derecho del Trabajo, no importa el nombre que las partes den a las cosas, sino lo que realmente son esas cosas, y si es así es salario y te lo tienen que pagar.
¿Qué hacer si te lo quitan de la nómina?
Tienes dos opciones, previamente hablar con tu jefe y decirle que no te lo puede quitar... bueno, además, hago un paréntesis, no hace falta decir otra vez que NO DEBES firmar ninguna reducción de jornada, eso lo doy por hecho, en todo caso si te quiere modificar la jornada que te lo comunique por el procedimiento de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que tiene que tener justificada en la existencia de "probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción" (artículo 41.1 del Estatuto de los Trabajadores, que puedes consultar aquí http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html )... con posterioridad esa decisión del empresario la podrás recurrir porque, por lo que cuentas, no estará justificada.
Bueno, pues sigo... lo de las dos opciones si te quitan el plus de tu nómina:
a) Denuncia a la Inspección de Trabajo... es la que te resultará más económica pero no garantiza que se te reconozca, ten en cuenta que en principio es una retribución "controvertida", pero sí te digo que es la opción más económica para ti, aunque a la empresa puede llegar a fastidiarla (primero por que se enfanden de la denuncia y tomen represalias y segundo porque la inspección puede además analizar otras obligaciones de la empresa)... en todo caso, puede servirte como "medida de presión" o advertencia.
b) Yo te recomendaría esta opción: Demanda en reclamación de cantidad ante la Jurisdicción Social... te costará más caro, pero es la forma más "limpia" de que se te reconozca tu derecho, y es muy muy muy factible que por lo que comentas te sea reconocido... en caso de optar por esta solución, tienes que saber que antes de presentar la demanda tiene que celebrarse también un acto de conciliación, que no deja de ser otra nueva posibilidad para dialogar y buscar una solución.
Particularmente, si tienes que buscar un profesional yo te aconsejaría ;) un graduado social.
Espero haber resuelto tus dudas, si es así no te olvides de cerrar la pregunta.
Muchísimas gracias, ha sido realmente gratificante saber que hay una solución satisfactoria. Me has resultado de muchísima ayuda, mil gracias.

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