Prorrateo de las pagas extras

Tengo dudas sobre como se cobran las pagas extras, en mi empresa tenemos establecidas en el convenio colectivo 4 pagas extras. Nosotros cobramos dos de ellas íntegras y las otras dos están prorrateadas. Hemos hecho un referendun con todos los trabajadores para saber quien quiere cobrar las 4 pags o quien quiere seguir teniéndolas porrateadas. Por mayoría se ha decidido cobrar las pagas sin el prrotateo, cuendo lo hemos comunicado a la empresa, esta nos dice que muy bien pero que esto se haría efectivo el año que viene y que este año no cobraríamos en la nómina el prrateo para así pagarla íntegra los meses que el convenio establece el año que viene ya esta dos pagas llamadas de beneficios y paga de abril son de carácter retroactivo, es decir que las de este año nos las pagaron el año pasado en el prorrateo. ¿Es esto así?

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Habría que ver que es lo que dice vuestro convenio de aplicación. Si el devengo de las pagas de beneficios y abril es tal y como comentas (entre Enero y Diciembre del año anterior) la situación sería que este año no cobraríais las prorratas y el año que viene cobraríais las pagas completas cuando llegara el momento del pago, tal y como os han dicho.
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Hola experto, tengo dudas sobre como se cobran las pagas extras, en mi empresa tenemos establecidas en el convenio colectivo 4 pagas extras. Nosotros cobramos dos de ellas íntegras y las otras dos están prorrateadas. Hemos hecho un referendun con todos los trabajadores para saber quien quiere cobrar las 4 pags o quien quiere seguir teniéndolas porrateadas. Por mayoría se ha decidido cobrar las pagas sin el prrotateo, cuendo lo hemos comunicado a la empresa, esta nos dice que muy bien pero que esto se haría efectivo el año que viene y que este año no cobraríamos en la nómina el prrateo para así pagarla íntegra los meses que el convenio establece el año que viene ya esta dos pagas llamadas de beneficios y paga de abril son de carácter retroactivo, es decir que las de este año nos las pagaron el año pasado en el prorrateo. ¿Es esto así?
Muchas gracias otra vez por tu atención.
El convenio no dice nada, sólo la cuantía y cuando hay que cobrarlas.
De alguna manera tiene que establecerse el devengo de las pagas y si la paga de beneficios por ejemplo se devenga entre enero y Diciembre del año anterior al pago, lo que os dice la empresa es cierto en cuanto a esa paga y sobre la paga de Abril lo mismo si corresponde al periodo entre Enero y Diciembre del año anterior sin embargo si lo que cobráis de paga extra en Abril es por el trabajo realizado entre Abril 2009 y Abril del 2010 en ese caso os tendrían que pagar en Abril la parte proporcional a los meses de Enero a Abril, meses en que dicha paga ya no se prorrateaba. Pero tal y como te digo la solución la tienes en tu convenio.

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