Retraso continuado en el cobro de nomina

Quisiera saber que puedo hacer para reclamar el cobro de mi nomina y de que manera puedo anular el contrato de trabajo con la empresa por inclumpimiento de pago de nomina constantemente.

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El artículo 50.1.b. del Estatuto de los Trabajadores dice que el trabajador podrá extinguir el el contrato por retrasos continuados en el abono del salario pactado, con derecho a indemnización como si de despido improcedente se tratara. ¿Qué se considera atraso en el abono del salario? Pues el convenio colectivo aplicable debe decir cuando debe abonarse el salario (dentro de los diez días siguientes a su devengo, antes del día 5 de cada mes...), por lo que, si la empresa no cumple estos plazos, se produce el incumplimiento relatado.
Para ello debes solicitar la resolución del contrato ante el Juzgado de lo Social, y seguir trabajando hasta que haya sentencia.
Tendrías derecho, asimismo, a solicitar desempleo, ya que la causa de la baja laboral se debe al incumplimiento del empresario.
Asimismo, decirte que, según jurisprudencia, el retraso en el abono de los salarios debe ser grave y continuado. No basta con retrasos esporádicos y breves.

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