Vacaciones no disfrutadas por baja laboral

Tengo una duda y espero que me podáis ayudar. Soy personal laboral con oposiciones de un ayuntamiento y no tenemos convenio colectivo; desde junio estoy de baja por enfermedad común pero es por causa de embarazo, el médico de la mutua del trabajo, me ha comentado que lo más seguro es que no me darán el alta hasta la fecha del parto, que teóricamente será a principios de enero, este año solo he disfrutado de una semana de vacaciones y mi pregunta es: ¿Puedo disfrutar de las vacaciones del presente año después de la baja por maternidad que será el año próximo? ¿Existe alguna ley que lo diga? O por lo contratio, ¿las vacaciones no disfrutadas las voy a perder? ¿Qué me recomiendas?

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Te cito el art.38.3 del Estatuto de los Trabajadores:
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
Más claro el agua, disfrutaras de las vacaciones que te quedan cuando te den el alta, aunque termine el año natural y las tengas que disfrutar el próximo año. Esta es la LEY del Estatuto de los Trabajadores, que prevalece por encima de cualquier opinión o precepto de la empresa o estamento publico, da lo mismo que seas laboral, interino, a tiempo parcial, etc... todos los trabajadores sea cual sea su contrato y condiciones del mismo, están amparado por esta Ley.
Si tienes alguna otra duda me preguntas, si no, no olvides finalizar la pregunta.
Muchas gracias por tu respuesta y tu rapidez! La verdad es que ya me leí estés articulo, pero necessitava que algún experto me lo aclarara, por si era yo la que lo entendía de forma distinta.
En estos momentos no tengo más preguntas, ya que hace unos días te hice una preguntas más, supongo que cunado puedas me las vas a responder, era en relación a la compactación y al sueldo de maternidad.
Muchas muchas gracias!

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