Cierre vacacional
Mi empresa cierra por vacaciones del 1 al 30 de agosto, y los dos primeros días son sábado y domingo, que no trabajamos. Debemos incorporarnos el día 31. ¿No tengo derecho a un mínimos de 22 días laborables? De esta manera solo son 20. O bien 30 días naturales, contados desde el primer día que no trabajo, que entiendo sería el 3 de agosto lunes. ¿Puede la empresa quitarme esos dos días alegando cierre vacacional? Estoy en el convenio de Artes Gráficas de Asturias, que dice que tengo derecho a 30 días naturales.
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Respuesta de sensei1
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Respuesta de tarmawen
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Respuesta de Asade Sindicato