Me han denegado el subsidio de desempleo.

Quiero plantearles mi caso y pedirles si me pueden ayudar porque no se que hacer. Les comento:
Yo he estado trabajando en una empresa durante dos años, me despidieron porque cerraron, he cobrado mi prestación de desempleo que me correspondía hasta el 15 de Mayo de 2009. También llevo viviendo con mi pareja, que esta divorciada y con un niño pequeño de su anterior matrimonio, desde Enero, ¿ella cobra un subsidio de desempleo y el ex-marido le pasa 350? Al mes. Yo vivo con ella y con el niño en el mismo domicilio y estoy empadronado en ese domicilio. ¿Mis ingresos a partir del 15 de Mayo de 2009 son 0? Y no tengo ni propiedades ni nada, ella tampoco tienes propiedades. Nosotros no estamos casados, aunque queremos casarnos por lo civil en un par de meses. Yo tengo estudios superiores y ella también, aunque he estado y estoy buscando trabajo durante este tiempo parece casi imposible encontrar por lo que se puede imaginar en la situación que nos encontramos, hay que pagar, luz, agua, el recibo de un coche, comida, ropa del niño, etc...
Hoy día 5 he ido a la oficina del INEM a entregar la sentencia testimonial de divorcio de ella que faltaba cuando eche la solicitud del subsidio de desempleo y ya me han comunicado que lo más seguro es que me lo denieguen ya que no estamos casados ni por lo civil ni por la iglesia y que ser pareja de hecho tampoco vale y que el martes o miércoles que viene me pase por la oficina que ya estará la resolución (así no tengo que esperar a que llegue la carta a mi casa) y que puedo recurrir esta resolución.
En una oficina del INEM que fui antes (antes estaba registrado en otra) que a esta a informarme sobre el subsidio me dijeron que no tenia ningún problema para pedirlo, me dieron los papeles para cumplimentar y los documentos que tenia que aportar (de hecho ni me pidieron la sentencia de divorcio). En la oficina que estoy ahora cuando eche la solicitud la persona que me atendió me dijo que lo más seguro es que me la dirán solo por 6 meses, de hecho me dijo esto viendo la sentencia de divorcio y todos los papeles. Pues a día de hoy esa misma persona cuando he ido a entregar el documento que faltaba me ha dicho que no me lo van a conceder por que no estamos casados en principio, hasta que no vea la resolución no sabre decirle de forma fehaciente porque me la deniegan.
Mi pregunta es: ¿Qué podría alegar en ese recurso para que me la concedan por lo menos por 6 meses, que no nos quedemos desamparados y pueda tener un poco de tiempo y que salga algún trabajo? Y ¿Dónde podría dirigirme para solicitar otro tipo de ayuda o de subsidio ya que mis ingresos a partir del 15 de Mayo de 2009 son 0? ¿Y no se ni lo que voy a hacer para comer?
Vivo en Málaga y tengo 31 años.
A la espera de sus noticias y agradeciéndole su tiempo.

4 Respuestas

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Bien Fabian desgraciadamente la correcta es la postura del segundo funcionario que te atendió pues en la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 215 que es el que define quien tiene derecho al subsidio por desempleo dice que tendrán derecho al subsidio de desempleo entre otros aquellos que han agotado las prestaciones por desempleo y tienen responsabilidades familiares, definiendo las mismas como tener a cargo al cónyuge, hijos menores de ventiséis años o mayores incapacitados cuando la renta del conjunto de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
De la lectura de dicho artículo se deduce que tendrías que estar casado con ella para tener derecho al subsidio de desempleo situación que no se da en este momento.
La situación sería distinta si la que lo solicitase fuera tu pareja y estuviese en tu misma circunstancia, pues al tener un niño si que tendría derecho al mismo.
Te envío un enlace bastante interesante sobre que te puede ayudar en tu labor de búsqueda de empleo.
http://www.e-creade.com/carrera.asp?view=0
Me gustaría que me aclara una duda que me ha surgido:
  Dentro de dos meses nos vamos a casar por lo civil, si en ese momento mi situación la boral y económica sigue igual, ¿podría pedir el subsidio de desempleo de nuevo?
Entiendo que no puesto que el artículo 8 del Real Decreto 625/1982 que desarrolla la ley de protección de desempleo establece que las responsabilidades familiares deben concurrir al tiempo de producirse el hecho causante y la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 10/07/02 dice que el derecho a percibir el subsidio asistencial en el caso del artículo 215.1 a) de la Ley General de la Seguridad Social nacerá a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el plazo de espera de un mes. Así pues aunque te casaras pasado dicho día entiendo que no te correspondería el subsidio.
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Fabian la resolución negativa es recurrible, por lo tanto no tendrás problema. Yo alegaría ser mantenedor y solicitaría la prestación por mantenedor. En la página de la seguridad social y el inem debe existir información de los requisitos para el cobro de las prestaciones.
Por lo demás no se que decirte, que puedes dirigirte a la junta a solicitar ayudas o a la asistenta social de la zona.
Muchas gracias por su ayuda, creo que me va a servir de mucha ayuda, debería de haber más personas como vosotros que ayudáis a gente de forma desinteresada.
Un saludo, Fabian.
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Primero acude a una asistencia social, para que os pueda ayudar cobrando el subsidio de emergencia, y ademas os darían ayuda para pagar el alquiler, etc.
En cuanto a lo demás, no entiendo porque una oficina del Inem dice una cosa y lo contrario otra. Espero que seáis pareja de hecho registrada, por si solo estáis juntos pero no os habéis inscrito no tenéis derecho a nada.
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Con treinta y un años y después de agotar el desempleo tendrías la posibilidad de acogerte al subsidio por desempleo pero tienes un gran problema en tu caso, a parte de los requisitos que se establecen como ingresos y agotar el desempleo, la ley te marca que tengas responsabilidades familiares,, y en tu caso tal y como bien dices no tines: no estas casado ni tienes hijos, por tanto te lo van a denegar siempre la única posibilidad seria que en un corto plazo de tiempo te inscribas con tu pareja en el registro de las parejas de Hecho, y si tendrías un vía por la que pelear pero es que en tu caso lo tienes perdido de antemano.
El resto de ayudas que existe como la ayuda familiar la misma palabra lo dice, y en tu caso no te correspondería. Siento mucho decirte esto pero no hay más.

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