Reclamación de Cantidad + Finalización de contrato

Muy buenas compañeros.
Os comento un caso. Se trata de una chica que lleva 2 meses sin cobrar su nómina. Entiendo que ahora debe poner una reclamación al juzgado y el mes que viene si le siguen sin pagar podrá darse de baja en la empresa por el motivo del art.50 del estatuto. Si marcha de la empresa por impago tiene derecho al subsidio, ¿no?

1 respuesta

Respuesta
1
Pues no es cierto lo que cuentas.
Si reclama ahora tendrá que seguir trabajando hasta que salga la sentencia.
Y en este caso dos meses me parece muy poco tiempo para que un juez rescinda el contra-
to de trabajo vía articulo 50 del E.T.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas