Accidente laboral

Buenos días,
Un familiar ha tenido un accidente de trafico en jornada laboral. Es Técnico de Prevención de Riesgos Laborales y su tarea consite en realizar visitas de obra para evaluar los riesgos existentes. En el desplazamiento entre distintas obras tuvo un accidente de tráfico. Quisiera saber qué derechos tiene, si le corresponde algún tipo de indemnización, etc..
Gracias por anticipado

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Se trataría de un accidente de trabajo y como tal la prestación correspondiente sería de un 75% de la base de cotización por A.T. y E.P. del mes anterior al accidente desde el día siguiente al del accidente. También tendría que consultar su convenio por sí además de dicha prestación el Convenio le reconoce algún tipo de complemento (en algunas ocasiones las empresas complementan dicha prestación hasta el 100% de la base de cotización o del salario base). En ocasiones cuando el accidente se ha producido por falta de adopción de medidas preventivas por parte de la empresa se puede reconocer por la inspección de trabajo un recargo de la prestación de entre un 30% y un 50%. De igual manera si en el accidente hubiera intervenido dolo, mora o negligencia (es decir hubiera sido de alguna forma responsable de dicho accidente) por parte de la empresa se podría recurrir a la responsabilidad contractual del art. 1101 del Código Civil para reclamar la reparación del daño.
Antes de nada, quería darte las gracias por tu respuesta, me ha sido de gran utilidad.
De todas formas quería aclarar un tema, en caso de que se determine que el culpable del accidente es el propio trabajador por exceso de velocidad, ¿qué sucedería?.
Evidentemente en este caso es difícil que ninguna reclamación contra la empresa prospere.

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