Impago de nomina

Hola, mi empresa no me ha pagado la nomina del mes pasado (estamos ya a día 22) y no sabe confirmarme ni cuando (ni si ...) me la pagara.
Lo cierto es que el pago de las nominas a mis compañeros ha sido muy irregular desde diciembre pasado (cobran un mes si, dos no, pequeñas cantidades de la nomina faltante, etc) pero yo, por algún misterio del sistema informático, era la única que hasta el mes pasado venia "ilesa". Hace 2 meses me pasaron a contrato indefinido...
Ahora bien, me comunican mis compañeros que hasta que no pasen tres meses consecutivos con impago de nomina, el trabajador no puede hacer ningún reclamo judicial a la empresa y sin embargo, debe presentarse a trabajar de forma normal y cumplir su jornada laboral según indica el contrato.
Yo no tengo ni las finanzas, ni el animo, ni la paciencia para estar tres meses sin cobrar (ya estoy malviviendo por la falta de UNA nomina!) Y a la vez, gastar dinero para ir a trabajar todos los días. Por otro lado, ya he acumulado intereses con el banco por cargos en descubierto que a día de hoy superan los 100 Euros, cifra que aumenta cada día que pasa...
Según me dicen mis compañeros, en ocasiones pasadas y ante la misma situación, los pocos empleados que reclamaron un incremento porcentual en la nomina debido al retraso en el pago, fueron rápidamente "invitados a retirarse" (despedidos).
Dado lo precario de mi situación financiera y con la casi certeza de que no esta en los planes de la empresa pagarme la nomina atrasada y ni se cuando ni como me pagaran la próxima, he pensado que quizás lo "menos malo" es esperar al día 5 del próximo mes por si pagan ambas nominas juntas y de lo contrario, solicitarles que me arreglen los papeles (despido improcedente) para recibir el subsidio de desempleo. De esta manera, y dado que la empresa tiene otros 60 empleados por lo que no se declarara insolvente en un fututo inmediato -bueno, a menos que todos los empleados decidan a la vez dejar de ser los que financian la empresa con sus sueldos no pagados!- Yo me aseguro el pago de la/s nòmina/s adeudada/s y AL MENOS recibo el subsidio por desempleo ...
Preguntas:
- Independientemente de que me paguen la nomina en lo que resta del mes o que lleguemos al momento del no pago y yo solicite el despido improcedente, es exigible por mi parte que en la nomina del mes pasado o, en el peor de los casos, el finiquito, ¿me incluyan un porcentaje extra por el retraso incurrido? De existir este punto en la ley laboral, ¿cuál seria y como es aconsejable pedirlo?
- Ante la situación expuesta, ¿qué proceder me recomendaìs? Como he dicho anteriormente, no me puedo permitir el seguir trabajando sin cobrar y lo del subsidio por desempleo me parece, aunque muy injusto e inmerecido, la via más rápida y segura para hacerme de dinero.
Muchas gracias por vuestro asesoramiento.
Un saludo desde Barcelona.

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Se ve que sabes de lo que hablas. En cambio tus compañeros no tienen ni puta idea al decir eso de los 3 meses.
En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el UMAC mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora (10% anual). Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes. Una vez puesta y cobrada esta reclamación, si te vuelve a hacer lo mismo la misma empresa durante al menos 3 meses, podrías iniciar un proceso de rescisión voluntaria de tu contrato por impago. Te daría derecho a cobrar la misma indemnización, finiquito y paro que si hubiera sido un despido improcedente. Pero esta rescisión sólo es viable cuando previamente se ha hecho la reclamación de cantidad y, o bien no se ha cobrado, o bien se cobró pero luego dejaron de pagarte otra vez. Si la deuda te ocasionó algún perjuicio económico lo puedes recuperar. Por ejemplo si el banco te cobró comisiones por tener números rojos. O incluso si tuviste que que pedir un crédito para seguir viviendo mientras que la empresa no te pagaba. Lo primero es poner y ganar la reclamación de cantidad en el juzgado de lo social. Entonces, una vez la sentencia sea firme, podrías poner una demanda a la empresa por daños y perjuicios, en la cual pides que te paguen todos los gastos que te ocasionaron, como los intereses del crédito y los gastos de su formalización. Pero con eso hay que ir con ojo, porque las demandas de daños y perjuicios sí necesitan de abogado y sí que puede haber condena en costas.
Si te despide después de una demanda tendrías muy fácil conseguir el despido nulo por vuleneración de tus derechos fundamentales.
Muchísimas gracias. Todo el mundo que está al corriente de mi situación me daba ideas, opiniones, información y demás pero me urgía que alguien con los conocimientos específicos del tema me trazara un "itinerario" claro y conciso de los pasos a realizar.
Gracias por responderme tan rápido y por tomarte el tiempo para expresar los pasos, pros y contras con tanta claridad.
Un saludo!

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