Derecho a paro

Hola oc58,
Llevo 8 años trabajando en la misma empresa. Los primeros 7 años como suplencia. El último año me dieron un contrato de interina que era una reducción de jornada de dos compañeras, un 33% + 50%, en total un 83%, pero hace 6meses me dejaron solo con un 50%. Este contrato no me permite combinar con otro porqué varia cada semana los días de trabajo, cobro la mitad y tengo una hipoteca que se lo lleva casi todo.
La llegada del verano me ofrece la posibilidad de trabajar como suplencia al 100%, pero serian contratos temporales, para ello debería rescindir el contrato que tengo ahora.
Dado que tengo que vivir y pagar la hipoteca, le agradecería me solucionara mi duda:
Si rescindo el contrato de interinidad por coger un contrato temporal, cuando este último se me termine ¿podría cobrar el paro?
Muchas gracias, un saludo.

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Para el cobro de una prestación por desempleo se exige como mínimo un periodo de cotización de 360 días dentro de los últimos 6 años.
La base reguladora se calcula de los últimos 6 meses trabajados.
Si aun no tienes claro esto te digo que si que puedes cobrar el paro siempre que te finalice el contrato o seas despedido/a si te vas voluntariamente no.

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