Traspaso contrato entre empresas del mismo grupo.

Mi situación es la siguiente:
Llevo doce años trabajando en la empresa ( empresa-1 ) y ahora me proponen darme de baja voluntaria en la actual empresa para al día siguiente darme de alta en la nueva empresa ( empresa-2 ). Ambas empresas pertenecen al mismo grupo de empresas aunque la nueva se rige por un convenio de diferente sector.
En la actualidad cobro una cantidad por sueldo base y otra por antigüedad.
El el nuevo contrato me pondrían:
-Salario base (menor que el actual )
-Complemento personal ( incluye la diferencia entre el sueldo base que cobro en empresa-1 con respecto al sueldo base en la empresa-2 )
-Complemento por antigüedad consolidada ( incluye el importe de la antigüedad actual )
Me gustaría saber si en las nuevas condiciones el incremento salarial se aplicará a los tres conceptos por derecho y si en las pagas extras también me incluirían los tres conceptos.
Una duda que me surge es si las subidas salariales futuras las podrían hacer descontando de los complementos salariales el incremento correspondiente y pasarlo al salario base púes entonces me congelarían el sueldo,¿no es así?
Gracias.
Otra cuestión, en una de las estipulaciones dice:
Si, durante los años 2009 y 2010 no se generase un nuevo quinquenio según condiciones empresa-1, el trabajador devengará su Plus de antigüedad, calculado según el nuevo convenio, desde la fecha de este contrato.
¿Qué significa esto?

2 respuestas

Respuesta
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Acabo de contestarte hace unos minutos a esta misma pregunta, no se si te has equivocado y querías preguntar a otro experto.
En cualquier caso, lo único que quedaría sería responderte a la pregunta de la antigüedad, según está redactada implicaría que si hasta el 2010 coincidiera que con las condiciones de la empresa anterior tuvieras derecho a un nuevo quinquenio de antigüedad, como llevas 12 años el próximo año llevarías 13 y no tendrías derecho al tercer quinquenio, pero si tuvieras derecho se te respetaría, como no lo vas a generar desde el momento que firmes comenzará el cómputo de antigüedad en función de lo estipulado en el nuevo convenio (que podrían ser trienios, cuatrienios,...), se supone que la antigüedad consolidada te la mantendrían.
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El incremento salarial se hará según lo estipulado en Convenio donde ha de reflejar si se hace sobre todos los conceptos o sobre el salario base unicamente. Tendars que estar a lo dispuesto en tu Convenio sobre ello. LAs pagas extras se pagan sobre todos los conceptos, es como una nomina mensual pero sin descuentos a la Seguridad Social, solo el IRPF.
Las subidas futuras también han de quedar reflejadas en Convenio. En tu caso hay que garantizar que como mínimo cobres lo estipulado para tu categoría profesional en Convenio. Si tu caso es que cobras por encima de convenio la Empresa si podría hacerte ese calculo que dices para congelar el sueldo, máximo en estas situaciones que estamos apsando.
Respecto a la última clausula lo que dice es que si durante este año y el siguiente no te toque cumplir quinquenio y lo generases en el 2011 por ejemplo el calculo de la antigüedad se hará sobre el convenio de la nueva empresa pero calculado desde el momento en que te han hecho el nuevo contrato (con lo cual perderías a efectos monetarios los 12 años de antigüedad que llevabas). Si resulta que en tu caso cumples quinquenio este año o el que viene se te respetarán los cálculos antiguos
Buenas tardes, el salario base que me proponen es el que consta en convenio para la categoría profesional que ponen en el nuevo contrato.y el complemento personal es para igualarlo a mi sueldo base actual.El complemento por antigüedad consolidada es la cantidad actual que cobro en concepto de antigüedad.
Siendo así ¿me pueden hacer las futuras subidas salariales descontando sólo del complemento personal o también descontando del complemento por antigüedad consolidada?
Respecto al otro punto, en los dos próximos años no hago quinquenio.
Entonces,¿pierdo la cantidad que ahora me ponen por complemento de antigüedad consolidada? Y ¿Sólo cobraría el quinquenio generado en la nueva empresa? O ¿Cobraría el complemento de antigüedad consolidada pero pierdo los dos años que llevo acumulados hasta la fecha en la empresa actual, siendo efectivo el próximo quinquenio a partir de la firma del nuevo contrato?
En una estipulación del contrato dice que durante los años 2009 y 2010, el incremento retributivo mínimo a percibir por el trabajador, será del IPC del año anterior sobre el salario real total.
En el convenio de la nueva empresa están firmados unos incrementos salariales del IPC+1% para el año 2009 y 2010. ¿Qué incremento salarial deberían aplicarme el IPC o el IPC+1%?
Gracias.
Siento la demora en la respuesta pero ando muy liada. Te cotnesto:
- Del complemento de antigüedad si esta consolidado no te lo podrían descontar y si hacerlo del complemento personal siempre que el total devengado no esté por debajo de lo que se estipule para tu categoría en convenio colectivo
- No perderías la antigüedad pero lo que se te incremente por cumplimiento de quinquenio se te hará en base al Convenio de la nueva empresa y no la antigua. Por ejemplo, si antes la antigüedad era imaginate el 6% del salario base más la retribución complementaria y ahora el calculo con el nuevo convenio es del 3% sobre salario base solamente, se te aplicará el calculo de este último y se te sumará a lo que ya tengas consolidado dentro del concepto de antigüedad
- No lo sé, dependerá de lo que hayas acordado cuando entraste pero entiendo que se te debe de aplicar lo estipulado en el nuevo Convenio en cuanto a incremento saalrial

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