Dencanso en pantallas de visualización.

Mi más cordial saludo.
Trabajo 5 ó 6 horas diarias en jornada parcial. Creo que por ello, y porque no hay nada en C.C., no tengo derecho a descanso retribuido.
La cuestión es que trabajo haciendo encuestas telefónicas que las tengo que preguntar y traspasar por/a Pantallas de Visualización. ¿Tengo algún descanso a la hora según la legislación actual (Riesgos Laborales)?.
Muchas gracias.

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La Ley de Prevención de Riesgos laborales establece un descanso de 15 minutos para jornadas superiores a 6 horas. Si tu caso es así lo podrías reclamar y solo se mejora estos descansos si están establecidos en los correspondientes COnvenoios Colectivos

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